Ordenanzas Municipales. Que aprueba el presupuesto general ejercicio económico 2022

Número de Boletín29
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUCARÁ
Martes 8 de marzo de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 29
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE PUCARÁ
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EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTON PUCARÁ.
CONSIDERANDO:
QUE, el artículo 238 de la Constitución de la República otorga a los gobiernos
autónomos descentralizados autonomía política, administrativa y financiera,
disposición constitucional que se encuentra ampliamente desarrollada en
Autonomía y Descentralización;
QUE, el literal L), numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República
del Ecuador establece: “Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser
motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o
principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su
aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos,
resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se
considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán
sancionados.”;
QUE, el artículo 240 de la Constitución de la República establece: Los gobiernos
autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales
tendrán facultades reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos
descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales.
Descentralización “COOTAD” al tratar sobre la facultad normativa, dispone:
"Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de
manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los... concejos
municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de
ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción
territorial.”;
Descentralización “COOTAD”, define al Concejo Municipal como: “...es el
órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado
municipal. Estará integrado por el alcalde o alcaldesa, que la presidirá
con voto dirimente, y por los concejales y concejalas elegidos por votación
popular, de conformidad con lo previsto en la ley de la materia electoral.
En la elección de los conejales o concejalas se observará la
proporcionalidad de la población urbana y rural prevista en la Constitución y la
Ley”;
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MUNICIPAL DE PUCARÁ
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QUE, el artículo 83 del Reglamento del Código de Finanzas Públicas señala que el año
de cambio de autoridad rige el presupuesto prorrogado hasta la aprobación del
nuevo presupuesto.
EXPIDE:
LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUCARÁ
EJERCICIO ECONOMICO 2022
Artículo 1.- Apruébese la Primera Reforma al Presupuesto General del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pucará para el ejercicio económico
correspondiente al año 2022, bajo el siguiente detalle:
A. INTRODUCCIÓN
II. BASE LEGAL
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pucará fue creado
mediante decreto de Ley No. 98 publicado en el Registro Oficial No. 985 del 25 de julio
de 1988. El cantón Pucará se encuentra situado al Sur Oeste de la provincia del Azuay
en la cuenca del Río Jubones, tiene una población de 10.586 habitantes al 2014 de
acuerdo al Censo de Población y Vivienda en una superficie de 585.088 km2. Pertenece
a su jurisdicción su única parroquia San Rafael de Sharug y está formado por 65
comunidades.
La vida jurídica se encuentra basada y normada por las siguientes disposiciones legales:
a. Constitución Política de la República del Ecuador;
b. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;
e. Ley Orgánica de Empresas Públicas;
f. Ley Orgánica del Servicio Público;
g. Reglamento General para la Administración, Utilización y Control de los bienes y
Existencias del Sector Público;
l. Ordenanzas Tributarias y Administrativas;
m. Reglamentos Internos;
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Demás Leyes, Reglamentos, Normas y disposiciones legales relacionadas con el
desarrollo de las competencias exclusivas del GAD Municipal de Pucará.
II. MISIÓN, VISIÓN DEL CANTÓN PUCARÁ
MISIÓN
Mejorar la calidad de vida de los habitantes del Cantón Pucará, actuando como ente
planificador, regulador, facilitador y ejecutor de servicios municipales que satisfagan a
la comunidad, con el valioso aporte de su recurso humano comprometido y la
participación de todos los actores sociales.
VISIÓN
Al 2022 el Cantón Pucará es un cantón con desarrollo local sostenible y equitativo, con
producción y productividad agropecuaria diversificada a través de la utilización
sustentable de sus recursos naturales, mediante un eficiente sistema de movilidad y
conectividad entre el sector rural y urbano generando un crecimiento ordenado de los
asentamientos humanos, proveyendo de servicios básicos, seguridad, espacios
saludables de recreación, rescatando y fortaleciendo el patrimonio e identidad
cultural.
OBJETIVOS Y ACCIONES ESTRATÉGICAS DEL GAD MUNICIPAL DE PUCARÁ
OBJETIVO GENERAL
Posicionar al cantón Pucará define como un territorio modelo de desarrollo de la
región, en donde su población mejore las condiciones de su dinámica de vida, a través
del fortalecimiento del modelo de gestión participativo
1. OBJETIVOS ESPECIFICOS
Coordinar y gestionar sus competencias exclusivas y concurrentes funcionando de
manera adecuada las sinergias necesarias para el buen vivir, en el ámbito local,
regional y provincial, a través de una institución fortalecida que desarrolla un modelo
de gestión participativo, al servicio de los requerimientos de la población.
Propiciar una distribución equilibrada de su población, facilitando el acceso a vivienda,
conectividad, salud y educación, en la que intervienen de manera coordinada y
armónica el GAD Municipal, la Junta Parroquial, las comunidades organizadas y las
demás instancias de los niveles de gobierno provincial y nacional.

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