Resoluciones 013-CB-IECE-2013. Apruébense las bases de postulación para la ejecución del subprograma de complemento a la cooperación 'Cuba', sustitutivas a las bases de postulación aprobadas mediante Resolución No. 04-CB-IECE-2013 de 11 de abril de 2013 y su reforma

Número de Boletín549
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2015

EL COMITÉ DE BECAS DEL INSTITUTO

ECUATORIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y

BECAS, IECE

Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador vigente determina que: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir".

Que, de conformidad con el Art. 2 literal b) de la Ley Sustitutiva del IECE, publicada en el Registro Oficial No. 179 de 3 de enero de 2006, corresponde a esta Institución, administrar los recursos económicos, mediante crédito educativo y becas, que por disposición legal, el Estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, voluntariamente destinen al financiamiento de la educación de ecuatorianos y ecuatorianas;

Que, mediante Resolución No. 003-DIR-2008 de 3 de julio de 2008, el Directorio del IECE, aprobó el Programa Nacional de Becas; y, en sesión de 4 de mayo de 2012, mediante Resolución No.017-DIR-2012 el Directorio del IECE aprobó la Codificación del Programa Nacional de Becas con las reformas adoptadas, en el cual se incluye como uno de los Subprogramas de Complemento a Becas Internacionales "Monseñor Leónidas Proaño";

Que, a través de Resolución No.2012-029 de 3 de abril de 2012, reformada con Resolución No. 2012-035 de 26 de abril de 2012, se expide la Política Pública de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), para el fomento del talento humano en Educación Superior;

Que, mediante Resolución No.001-DIR-IECE-2013 de 19 de marzo de 2013, el Directorio del IECE expidió el Instructivo para la ejecución del programa de Complemento a las Becas de la Cooperación Internacional "Monseñor Leónidas Proaño" Componente "Cuba", reformado mediante Resoluciones No. 011-DIR-IECE-2013 y No. 014-DIR-IECE-2013, de fecha 13 de junio de 2013 y 03 de julio de 2013, respectivamente, componente dirigido a ecuatorianos y ecuatorianas favorecidos/as con becas concedidas por el Gobierno de Cuba, que demuestren excelencia académica y mediante el cual se regula el financiamiento entregado por el IECE a través de una beca complementaria e indica los rubros que se cubrirán, obligaciones y derechos del/la becario/a y el IECE como tal;

Que conforme consta en la Resolución No.04.-CBIIECE- 2013 de 11 de abril de 2013, el Comité de Becas del IECE aprobó las Bases de Postulación para la Ejecución del Programa de Complemento a las Becas de la Cooperación Internacional, Componente "Cuba"; Bases que fueron reformadas mediante Resolución No. 09-CB-IECE-2013 de 23 de mayo de 2013;

Que a través de la Resolución No.013-DIR-IECE-2013 de 03 de julio de 2013, el Directorio del IECE reformó la denominación del Programa de Complemento a las Becas de la Cooperación Internacional, "Monseñor Leónidas Proaño", Componentes "Cuba", por la siguiente: "Subprograma de Complemento a la Cooperación "Cuba";

Que mediante Resolución No. 043-GG-IECE-2013, de 12 de julio de 2013, la Sra. Gerenta General del IECE, resolvió que en la etapa de desembolsos de los contratos de financiamiento de las becas debidamente adjudicadas, el área competente del IECE a fin de realizar los desembolsos de acuerdo a los períodos estipulados en el contrato de financiamiento, podrá recibir de los/as becarios/as vía correo electrónico documentos escaneados, condicionado al cumplimiento de ciertos compromisos por parte del/a becario/a, detallados en dicha Resolución; y,

Que, según el informe Técnico de fecha 15 de junio de 2013, emitido por Héctor López Bastidas, Experto de Becas Internacionales de la Gerencia de Becas del IECE, se considera la necesidad de reformar las bases de Postulación referidas, para la ejecución del Subprograma de Complemento a la Cooperación "Cuba", para una aplicación óptima de los mismos. El Comité de Becas del IECE, en el ejercicio de sus atribuciones legales y de conformidad con el literal e), numeral 5, del Artículo Único del Instructivo General para el Programa Nacional de Becas y sus Componentes, aprobado mediante Resolución No.023-DIR-IECEPRESIDENCIA- 2012 de fecha 14 de mayo de 2012,

Resuelve:

ARTÍCULO 1 APROBAR LAS BASES DE POSTULACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL SUBPROGRAMA DE COMPLEMENTO A LA COOPERACIÓN "CUBA", SUSTITUTIVAS A LAS BASES DE POSTULACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN No.04-CB-IECE-2013 DE 11 DE ABRIL DE 2013 Y SU REFORMA.

1- DEFINICIÓN.

El Subprograma de COMPLEMENTO A LA COOPERACIÓN, está dirigido a ciudadanos/as ecuatorianos/as favorecidos/as con becas concedidas por Gobiernos de Países Amigos y Organismos Internacionales, través de Cooperación Internacional, para estudios de tercer o cuarto nivel, tanto por quienes deseen iniciar o continuar sus estudios en Instituciones de Educación superior en el extranjero. El Subprograma tiene por objetivo complementar el financiamiento de estas para que los becarios /as ecuatorianos /as pueden culminar con éxito sus estudios de tercer y cuarto nivel en el extranjero.

Con este objetivo se implementará competentes enfocados en priorizar necesidades específicas de los estudiantes en función de la beca otorgada por la Cooperación Internacional. Por tanto, los requisitos, rubros de cobertura, montos y más características serán establecidos en la convocatoria de cada componente.

  1. - OBJETIVO:

    El componente "Cuba" está dirigido a ecuatorianas y ecuatorianos favorecidos con becas concedidas por el Gobierno de Cuba, que demuestren excelencia académica.

    Esta beca constituye un complemento a la beca adjudicada por el Gobierno de Cuba, como un reconocimiento al mérito académico y está orientada a estimular el buen desempeño formativo de los/as becarios/as a través del otorgamiento de una beca que cubra mensualmente el rubro manutención por el tiempo de duración de la carrera, a fin de apoyar económicamente al becario en razón de que la beca otorgada por el Gobierno de Cuba no cubre la totalidad de los gastos que demanda la estancia académica del beneficiario en el indicado país; y además cubrirá el rubro de pasaje aéreo en clase económica de ida al inicio de sus estudios y de retorno al Ecuador una vez culminados. Además se cubrirá un pasaje anual en la ruta Cuba-Ecuador-Cuba.

    Serán beneficiados/as de esta beca complementaria los/las estudiantes ecuatorianos/as que se encuentren por iniciar los estudios en goce de becas otorgadas por el Gobierno de Cuba, o cursando su formación académica en tercer o cuarto nivel en ese país siempre y cuando acrediten un rendimiento académico, cuyo promedio corresponda al exigido por la universidad o institución de educación superior en el exterior, correspondiente al periodo académico inmediato anterior, mismo que se obtendrá únicamente de las asignaturas que cuenten con cuantificación numérica;

    En caso de existir únicamente calificaciones cualitativas durante el periodo académico que culmina, la beca de complemento se otorgará en base a la aprobación de la totalidad de asignaturas correspondientes a dicho periodo, esto, dependiendo del sistema de calificaciones que se aplique en cada País, al cual se adecuará las presente bases y el respectivo Instructivo.

    3- JUSTIFICACION:

    El Gobierno de la República de Cuba ha ofertado becas a estudiantes ecuatorianos/as, para cursar estudios de tercer y cuarto nivel en Instituciones de educación superior de Cuba, en su mayoría para la carrera de medicina y un porcentaje mínimo en otras áreas del conocimiento.

    El rubro de manutención otorgado por este país no cubre en su totalidad el costo requerido por los/as becarios/as, por lo que se estimó la necesidad de completar valor a través de un financiamiento adicional a los/as estudiantes beneficiados/as con una beca del Gobierno de la República de Cuba, como lo señala el ente rector de la Política Pública de la educación superior del Ecuador, en su Oficio Nro. SENESCYT-SGCT-2013-0003-CO, del 10 enero de 2013.

    A este beneficio se suma el otorgamiento de un pasaje aéreo anual, en clase económica, para quienes demuestren un rendimiento académico de acuerdo a las exigencias de este programa de becas.

  2. - SUJETOS:

    El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR