Resolución 30 - Apruébense Los Estatutos de Varias Fundaciones: “Grupo Ecológico Tierra Viva”

Fecha de disposición07 Abril 2017
Fecha de publicación07 Abril 2017
Número de registro030
Número de Gaceta980
Viernes 7 de abril de 2017 – 23Registro Of‌i cial Nº 980
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN,
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- 06 de marzo de 2017.- f.) Ilegible.- Fiel
copia del original que reposa en el Archivo de esta
Coordinación.
No. 029
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 339, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministerio
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
organizaciones pertinentes;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No.
394 del 28 de febrero de 2011, la Ministra del Ambiente,
facultó al Coordinador General Jurídico varias funciones,
entre las que consta en el Art. 1, literal e); “Registrar en los
archivos de fundaciones del Ministerio del Ambiente, las
fundaciones que pertenezcan a otras Carteras de Estado, y
que de manera fundamentada hayan solicitado su traspaso
al Ministerio del Ambiente;
Que, el Director de Organizaciones Sociales del Ministerio
de Inclusión Económica y Social, Abogado Gabriel
Fernando Rivadeneira Revelo, mediante of‌i cio No. MIES-
CGAJ-DOS-2016-0176-O de fecha 21 de octubre de 2016,
procedió a transferir el expediente de la Fundación para la
Conservación de Aves Playeras “FUNCOAVES” por ser
competencia del Ministerio del Ambiente.
Que, esta Coordinación General Jurídica, solicitó a la
Dirección Nacional de Biodiversidad mediante memorando
No. MAE-CGJ-2016-2460 de fecha 22 de noviembre
de 2016, con el din de que emita el informe técnico
respecto sobre los f‌i nes y objetivos de la Fundación para
la Conservación de Aves Playeras “FUNCOAVES”, unidad
administrativa que, con memorando No. MAE-DNB-2017-
0050-M de fecha 11 de enero de 2017, concluyó que los
objetivos y f‌i nes son pertinentes siempre que se los realice
previa la coordinación y autorización de la autoridad
Ambiental Nacional, considerando también necesario la
reinscripción de “FUNCOAVES” en esta Cartera de Estado.
Que, en uso de las atribuciones establecidas en el Art. 66,
el Decreto Ejecutivo No. 739 publicado en el Registro
Of‌i cial No. 570 del 21 de agosto de 2015; y en base a la
delegación otorgada al Coordinador General Jurídico,
mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30 de
diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No.
394 del 28 de febrero de 2011.
Resuelve:
Art. 1.- Registrar en esta Cartera de Estado a la Fundación
para la Conservación de Aves Playeras “FUNCOAVES”,
la misma que fue aprobada por el Ministerio de Inclusión
Económica y Social, mediante Acuerdo Ministerial No.
10579 de fecha 18 de agosto de 2011.
Art. 2.- Disponer de forma inmediata la reforma al estatuto
de la organización acogiendo las observaciones de la
Dirección Nacional de Biodiversidad de esta Cartera de
Estado en cumplimiento con lo establecido en el Decreto
Ejecutivo No. 739, publicado en el Registro Of‌i cial No. 570
de fecha 21 de agosto de 2015.
Art. 3.- Disponer se realicen las gestiones necesarias para
el registro de la nueva Directiva de la organización, en
cumplimiento con lo establecido en el Decreto Ejecutivo
No. 739 publicado en el Registro Of‌i cial No. 570 de fecha
21 de agosto de 2015.
Art. 4.- Notif‌i car a los interesados con una copia de esta
Resolución, conforme a lo dispuesto por los artículos 126 y
127 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva.
Art. 5.- El presente Resolución tendrá vigencia a partir de
la suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial
Dado en Quito, 7 de marzo de 2017.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
f.) Dr. Jaime Piedra Maridueña, Coordinador General
Jurídico, Delegado del Ministro del Ambiente.
No. 030
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 339, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministerio
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
organizaciones pertinentes;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No.
394 del 28 de febrero de 2011, la Ministra del Ambiente,

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