Acuerdos 1419. Apruébese el estatuto y otórguese personalidad jurídica a las siguientes organizaciones: Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI, domiciliada en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas

Número de Boletín959
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
Jueves 9 de marzo de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 959
Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, menciona que:
“Las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central
e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial”;
Que el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que:
“Cuando las resoluciones administrativas se adopten
por delegación, se hará constar expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictados por la autoridad
delegante, siendo la responsabilidad del delegado que
actúa.”;
Que el Ecuador forma parte de la Convención sobre el
Estatuto de los Refugiados, suscrita en Ginebra de 28 de
julio de 1951, su Protocolo de 1967, f‌i rmado en Nueva
York el 31 de enero de 1967;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de
noviembre de 2007, publicado en el Registro Of‌i cial,
Suplemento No. 220 de 27 de noviembre de 2007, el señor
Presidente Constitucional de la República del Ecuador,
creó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio
de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No. 235 de 14
de julio de 2010, el señor Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, cambió la denominación de
“Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”, por la de
“Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1182 de 30 de
mayo de 2012, publicado en el Registro Of‌i cial No. 727
de 19 de Junio de 2012, el Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, expidió el Reglamento para la
Aplicación en el Ecuador del Derecho de Refugio;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 256 de 13 de marzo
de 2014, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designó como titular del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora Ledy
Zúñiga Rocha;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Ecuador; los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, el
Decreto Ejecutivo No.256 de 13 de marzo de 2014;
Acuerda:
Artículo 1.- Designar a los/as funcionarios/as: licenciada
María Dolores Cevallos Díaz, Directora de Asuntos
Internacionales, en calidad de delegada principal; y,
al abogado Patricio Oswaldo Bermúdez Camatón,
Especialista 2 de la Dirección de Asuntos Internacionales,
en calidad de delegado suplente, para que en representación
de esta Cartera de Estado, intervengan como miembros
de la Comisión para determinar la condición de
los/as Refugiados/as en el Ecuador, de conformidad con
lo establecido en el artículo 15 del Reglamento para la
Aplicación en el Ecuador del Derecho de Refugio, en
representación del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
Artículo 2.- Los delegados deben informar a la Ministra
de Justicia, Derechos humanos y Cultos de las acciones
tomadas y de las actividades realizadas, en ejercicio de su
delegación de manera trimestral.
Artículo 3.- Notifíquese con el presente Acuerdo a la
licenciada María Dolores Cevallos Díaz, Directora de
Asuntos Internacionales; y, al abogado Patricio Oswaldo
Bermúdez Camatón, Especialista 2 de la Dirección de
Asuntos Internacionales.
Artículo 4.- Derogar de forma expresa el Acuerdo
Ministerial No. 1263 de 1 de julio de 2016.
Artículo 3.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 18 de enero
de 2017.
f.) Dra. Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certif‌i co que la(s) foja(s) 1-3
es(son) f‌i el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 03 de febrero de 2017. f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de Secretaría General, Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
No. 1419
Dra. Andrea Cecilia Vaca Peralta
COORDINADORA GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA, DELEGADA DE LA MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce y garantiza el derecho
a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria;
Que la Carta Magna en su artículo 154 determina que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de sus

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