Acuerdos 1421. Apruébese el estatuto y otórguese personalidad jurídica a las siguientes organizaciones: Fundación “Sol en los Andes”, domiciliada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín959
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
8 – Jueves 9 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 959
que se han dado cumplimiento a los requisitos establecidos
en la normativa aplicable, por parte de la mencionada
organización;
Que mediante memorando No. MJDHC-CGAJ-DAJ-
2017-0027-M de 19 de enero de 2017, el Director de
Asesoría Jurídica, comunica a la Coordinadora General
de Asesoría Jurídica, el cumplimiento de los requisitos
legales, para la aprobación del estatuto y la personalidad
jurídica de la Fundación “Verdad y Libertad”; y,
En ejercicio de las facultades previstas en los artículos
66 numeral 13), y 154 numeral 1) de la Constitución de
la República del Ecuador; los artículos 11 literal k), 55
y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva (ERJAFE); en concordancia con
los artículos 2, 8, 11 y 15 de la Codif‌i cación y Reforma
al Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unif‌i cado de Información de las Organizaciones Sociales
y Ciudadanas, y, al Acuerdo Ministerial No. 0082 de 28 de
agosto de 2013;
Acuerda:
Artículo 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personalidad
jurídica a la FUNDACIÓN “VERDAD Y LIBERTAD”,
con domicilio principal en la ciudad de Riobamba, provincia
de Chimborazo, como una organización sin f‌i nes de lucro,
persona jurídica de derecho privado que para el ejercicio
de los derechos y obligaciones se sujetará estrictamente
Ecuador, el Titulo XXX del Libro Primero del Código
Civil, y, la Codif‌i cación y Reformas al Reglamento para
el Funcionamiento del Sistema Unif‌i cado de Información
de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, expedida
mediante Decreto Ejecutivo No. 739 de 3 de agosto de
2015, publicado en el Registro Of‌i cial No. 570 de 21 de
agosto de 2015.
Artículo 2.- La FUNDACIÓN “VERDAD Y
LIBERTAD”, se obliga a poner en conocimiento del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
cualquier modif‌i cación en el estatuto, integrantes de
su gobierno interno, inclusión y salida de miembros, y
demás información relevante de las actividades que la
organización realice en apego a la normativa legal vigente
y su normativa interna.
Artículo 3.- La FUNDACIÓN “VERDAD Y
LIBERTAD”, realizará los trámites pertinentes en el
Servicio de Rentas Internas, a f‌i n de obtener el Registro
Único de Contribuyente - RUC.
Artículo 4.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, registra en calidad de miembros fundadores a las
personas de la FUNDACIÓN “VERDAD Y LIBERTAD”,
que suscribieron el acta constitutiva de la organización, la
misma que consta dentro de los documentos que forman
parte del expediente administrativo de la entidad.
Artículo 5.- La FUNDACIÓN “VERDAD Y
LIBERTAD”, convocará a Asamblea General para la
elección de la Directiva, en un plazo máximo de 30
días, contados a partir de la presente fecha, conforme
lo dispone el artículo 18 de la Codif‌i cación y Reformas
al Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unif‌i cado de Información de las Organizaciones Sociales
y Ciudadanas.
Artículo 6.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro
de la FUNDACIÓN “VERDAD Y LIBERTAD”, de
comprobarse las causales establecidas en el artículo 22 del
Decreto Ejecutivo 739 de 3 de agosto de 2015.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 31 de enero
de 2017.
Por delegación de la Ministra de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, suscribo,
f.) Dra. Andrea Cecilia Vaca Peralta, Coordinadora
General de Asesoría Jurídica, Delegada de la Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certif‌i co que la(s) foja(s) 1-6
es(son) f‌i el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 03 de febrero de 2017. f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de Secretaría General, Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
No. 1421
Dra. Andrea Cecilia Vaca Peralta
COORDINADORA GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA, DELEGADA DE LA MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce y garantiza el derecho
a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria;
Que la Carta Magna en su artículo 154 determina que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de sus
competencias expedir las normas, acuerdos y resoluciones
que sean necesarias para la gestión ministerial;

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