Resolución SB-DTL-2017-188 - Apruébese el Estatuto Social de la Corporación Financiera Nacional B.P

Fecha de disposición06 Abril 2017
Fecha de publicación06 Abril 2017
Número de registroSB-DTL-2017-188
Número de Gaceta979
Jueves 6 de abril de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 979
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Se establece expresamente la posibilidad de
poder suscribir convenios de cooperación interinstitucional
con personas de derecho público y privado que permitan
la utilización de estos locales, siempre y cuando el objeto
de su uso y del convenio verse sobre temas de interés
social vinculado en la mejora de la prestación del servicio
o que tengan el carácter de incluyente con la población
local y sus segmentos productivos.
SEGUNDA.- Normas Supletorias.- En todo cuanto no
se encuentre contemplado en este reglamento se estará
a lo dispuesto en la Ley de Inquilinato en vigencia, el
Reglamento General para la Administración, Utilización
y Control de los Bienes y Existencias del Sector Público
y demás leyes conexas que sean aplicables y no se
contrapongan.
TERCERA.- Todo lo recaudado en aplicación del
presente reglamento se transferirá a la Cuanta Única del
Estado.
CUARTA.- Encárguese a la Dirección de Documentación
y Archivo la notif‌i cación a distintas Regionales del INPC,
así como, el envío de la presente resolución para su
Publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 28 días
del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
f.) Mgs. Tania García Alvarado, Directora Ejecutiva (S),
Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
Lo certif‌i co.
f.) Ab. Isabel Bastidas, Directora de Documentación y
Archivo, Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
No. SB-DTL-2017-188
Gabriel Solís Vinueza
DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES
Considerando:
Que la Corporación Financiera Nacional, mediante
Decreto Ejecutivo No. 868 de 30 de diciembre del
2015, publicado en el segundo suplemento del Registro
Of‌i cial No. 676 de 25 de enero del 2016, cambió su
denominación por “Corporación Financiera Nacional
B.P.” y se reorganizó como una persona jurídica de
derecho público, que forma parte del Sector Financiero
Público, con autonomía administrativa, f‌i nanciera y
presupuestaria;
Que el artículo 368 del Código Orgánico Monetario
y Financiero establece que, el estatuto social de las
entidades del sector f‌i nanciero público contendrá la
estructura institucional general de la entidad y deberá
ser conocido y aprobado internamente por su directorio
y posteriormente por parte de la Superintendencia de
Bancos. Además, señala que el contenido del estatuto
social estará normado por la Superintendencia de Bancos;
Que mediante resolución No. SB-2015-417 de 26 de
mayo del 2015, el Superintendente de Bancos Encargado,
expidió la “Norma de carácter general que regula el
contenido del estatuto social de las entidades que integran
el sector f‌i nanciero público”, en cuyo artículo 1 prescribe
que las entidades del sector f‌i nanciero público deberán
contar con un estatuto social el cual será conocido y
aprobado internamente por el Directorio y posteriormente
por la Superintendencia de Bancos a través de la respectiva
resolución de aprobación;
Que el Directorio de la Corporación Financiera Nacional
B.P., en sesiones celebradas el 29 de agosto del 2016, 13
de octubre del 2016 y 25 de enero del 2017, expidió las
Regulaciones Nos. DIR-025-2016, DIR-026-2016 y DIR-
003-2017, en su orden, en las cuales se aprobó el estatuto
social de la mencionada entidad bancaria pública, junto
con las observaciones efectuadas por este organismo de
control;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2017-0221-M de
8 marzo del 2017, se verif‌i ca que el estatuto social de la
Corporación Financiera Nacional B.P. se encuentra acorde
a las normas legales y reglamentarias correspondientes; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos, Encargado, mediante
resolución No. SB-2015-151 de 2 de marzo de 2015; y
resolución No. ADM-2016-13306, de 22 de febrero del
2016;
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- APROBAR el estatuto social de la
Corporación Financiera Nacional B.P., en los términos
resueltos por el Directorio, en sesiones celebradas el 29
de agosto del 2016, 13 de octubre del 2016 y 25 de enero
del 2017, Regulaciones Nos. DIR-025-2016; DIR-026-
2016; y, DIR-003-2017, respectivamente.

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