Resolución 326-2017-F - Apruébese la Norma para fi jar la contribución al seguro de depósitos del Sector Financiero Privado
| Fecha de disposición | 13 Febrero 2017 |
| Fecha de publicación | 13 Febrero 2017 |
| Número de registro | 326-2017-F |
| Sección | Resoluciones |
| Número de Gaceta | 943-Primer Suplemento |
| instrumentation | Resoluciones |
Lunes 13 de febrero de 2017 – 7Registro Ofi cial Nº 943 – Suplemento
Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados fi jar
anualmente el monto de la alícuota para la prima fi ja y
periódicamente la prima ajustada por riesgo, para el Fondo
de Seguros Privados;
Que el artículo 348, inciso primero del Código
Orgánico Monetario y Financiero dispone que para la
instrumentación de la garantía de seguros la Corporación
del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados constituirá un fondo a través de un
fi deicomiso mercantil;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera, con fecha 21 de diciembre de 2015, expidió
las Normas Generales del Fondo de Seguros Privados, a
través de resolución No. 174-2015-S;
Que el 30 de diciembre de 2015, ante el Notario
Sexagésimo Noveno del cantón Quito, la Corporación
del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados constituyó el fi deicomiso mercantil
denominado “FIDEICOMISO DEL FONDO DE
SEGUROS PRIVADOS”;
Que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de
Liquidez y Fondo de Seguros Privados, mediante ofi cio
No. COSEDE-DIR-128-2016 de 26 de octubre de 2016,
presentó una propuesta de reforma al artículo 11 de las
Normas Generales del Fondo de Seguros Privados con la
fi nalidad de precisar la cuenta en la que las empresas de
seguros deben depositar sus contribuciones al mencionado
fondo;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera, en sesión ordinaria de 27 de enero de 2017,
conoció y resolvió acoger la propuesta de reforma a
las Normas Generales del Fondo de Seguros Privados,
presentada por la Corporación del Seguro de Depósitos,
Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados; y,
En ejercicio de sus funciones,
Resuelve:
Expedir la siguiente: REFORMA A LAS NORMAS
GENERALES DEL FONDO DE SEGUROS
PRIVADOS
ARTÍCULO ÚNICO.- Al fi nal del inciso primero del
artículo 11 de la Resolución No. 174-2015-S de 21 de
diciembre de 2015, sustituir la frase “en la cuenta del
Fideicomiso “Fondo de Seguros Privados”.” por “en la
cuenta que la COSEDE mantenga en el Banco Central del
Ecuador para el efecto.”.
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 27 de enero de 2017.
EL PRESIDENTE,
f.) Econ. Diego Martínez Vinueza.
Proveyó y fi rmó la resolución que antecede, el economista
Diego Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de
Política Económica – Presidente de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera, en el Distrito
Metropolitano de Quito, el 27 de enero de 2017.- LO
CERTIFICO.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ENCARGADO.
f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
JUNTADE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIAYFINANCIERA.-SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 30 de enero de 2017.- Es
copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- Lo certifi co.- f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
No. 326-2017-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 80, numerales 1 y 4 del Código Orgánico
Monetario y Financiero establecen que es función de la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez
y Fondo de Seguros Privados administrar el Seguro de
Depósitos de los sectores fi nanciero privado y del popular
y solidario y los recursos que lo constituyen;
Que el artículo 326 del Código Orgánico Monetario y
Financiero dispone que las contribuciones al Seguro
de Depósitos y la periodicidad de su pago por parte
de las entidades de los sectores fi nancieros privado y
popular y solidario serán determinadas por la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera; y, que las
contribuciones podrán ser diferenciadas por cada sector
fi nanciero y entidad y se compondrán de una prima fi ja
y una prima variable, diferenciada por el riesgo de la
entidad;
Que mediante Resolución No. 168-2015-F de 16 de
diciembre de 2015, publicada en el Registro Ofi cial
No. 676 de 25 de enero de 2016, la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera expidió la Norma para
Fijar la Contribución al Seguro de Depósitos del Sector
Financiero Popular y Solidario;
Que es necesario establecer las políticas, lineamientos y
normas que viabilicen de manera efi ciente la operación
del proceso recaudatorio de las contribuciones que deben
cancelar las entidades que integran el sector fi nanciero
privado, en consideración de que mediante escritura
pública otorgada el 14 de julio de 2016 ante la Notaría
Vigésima Primera del cantón Quito, fue constituido el
nuevo fi deicomiso mercantil denominado “Fideicomiso
del Seguro de Depósitos de las Entidades del Sector
Financiero Privado”;
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