Resoluciones 16 509. Apruébese y ofi cialícese con el carácter de obligatorio el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 159 'Válvulas Metálicas para Suministro de Agua'

SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
16 – Miércoles 8 de febrero de 2017 Registro Of‌i cial Nº 940
evaluaciones y pruebas especiales pertinentes a las
municiones correspondientes a la empresa ARMSCOR, en
atención al proceso precontractual para la evaluación de
las municiones proceso “Adquisición de Municiones para
los Grupos Especiales GOE, GIR y GEMA”, efectuado en
Las Vegas, Estados Unidos, del 23 al 26 de junio de 2015;
Que, mediante Resolución No. DATH-2015-080 del 22
de diciembre de 2015, la Dirección de Administración
de Talento Humano emitió dictamen favorable para
conceder comisión de servicios con remuneración,
por viaje al exterior, del señor Luis Armendáriz Borja,
Servidor Público 1, Técnico afín del contrato proceso
precontractual, de la Dirección Administrativa;
Que, con memorando No. 0084-DGF-P del 01 de febrero
de 2016, la Dirección Financiera, emitió la Certif‌i cación
Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con
cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias
al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento
del servidor mencionado;
Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 52244
del 22 de junio de 2016, la Secretaria Nacional de la
Administración Pública, de conformidad con el artículo
1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de
2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes
al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva
(APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998
de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización
extemporánea del viaje del Ing. Luis Armendáriz Borja,
en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con
remuneración por viaje al exterior, del Ing. Luis
Armendáriz Borja, entonces Servidor Público 1,
Técnico afín del contrato proceso precontractual, de la
Dirección Administrativa, quien se encargó de realizar
las evaluaciones y pruebas especiales pertinentes a las
municiones correspondientes a la empresa ARMSCOR,
en atención al proceso precontractual para la evaluación
de las municiones proceso “Adquisición de Municiones
para los Grupos Especiales GOE, GIR y GEMA”, llevado
a cabo en Las Vegas, Estados Unidos, del 23 al 26 de junio
de 2015.
Art. 2.- El servidor indicado, deberá presentar el informe
ejecutivo concreto y específ‌i co de la comisión de
servicios al exterior, al Sistema de Información para la
Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de
la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento,
serán legalizados del presupuesto del Ministerio del
Interior.
Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de sus suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 03 de enero
de 2017.
f.) Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (E).
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 12
de enero de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 16 509
SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
Que el Protocolo de Adhesión de la República del Ecuador
al Acuerdo por el que se establece la Organización
Mundial del Comercio - OMC, se publicó en el Registro
Of‌i cial Suplemento No. 853 del 2 de enero de 1996;
Que el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio
– AOTC de la OMC, en su Artículo 2 establece las
disposiciones sobre la elaboración, adopción y aplicación
de Reglamentos Técnicos por instituciones del gobierno
central y su notif‌i cación a los demás Miembros;
Que se deben tomar en cuenta las Decisiones y
Recomendaciones adoptadas por el Comité de Obstáculos
Técnicos al Comercio de la OMC;

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