Consultas SENAE-DNR-2013-0664-OF. De clasificación arancelaria para las siguientes mercancías: Rodasol sin olores molestos

Número de Boletín178
SecciónConsultas
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2013

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA

DEL ECUADOR

Nro. SENAE-DNR-2013-0664-OF

Guayaquil, 31 de octubre de 2013

Asunto: Consulta de Clasificación Arancelaria Insecticida de uso doméstico en aerosol de 400 cm3 en 1 mata moscas y zancudos

Señor Doctor

José Guillermo Capito Álvarez

Gerente General RECKITT BENCKISER ECUADOR S.A

En su Despacho

De mi consideración.-

En atención al documento No. SENAE-DSG-2013-8474- E, suscrito por el Sr. JOSE GUILLERMO CAPITO ALVAREZ, Gerente General de ASLEX ABOGADOS & CONSULTORES CIA. LTDA, Apoderada en el Ecuador de Reckitt Benckiser Ecuador S.A., con Registro Único de contribuyente No.0991071911001, oficio mediante el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 141 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, y cumplidos los requisitos previstos en la Sección V de Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones referente a las consultas de Consulta de Clasificación Arancelaria en sus artículos 89, 90, y 91 en concordancia con el artículo 1721 del Código Civil ecuatoriano, se procede a realizar el análisis de clasificación arancelaria para el producto denominado comercialmente como "RODASOL SIN OLORES MOLESTOS".

Por otro lado, en virtud de la delegación suscrita en la Resolución SENAE No. DGN-002-2011 publicada en Registro Oficial No. 377 del 03 de febrero del 2011 en la que Resuelve:

"Primero.- Delegar al/la Coordinador/a General de Gestión Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, la siguiente competencia determinada en literal h) del artículo 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre del 2010, en lo que respecta a: Absolver las consultas sobre el arancel de importaciones respecto de la clasificación arancelaria de las mercancías, con sujeción a las disposiciones contempladas en el Código Tributario, absolución que tendrá efectos vinculantes respecto de quien formula la consulta.", esta Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera antes Coordinación General de Gestión Aduanera acoge el contenido del pronunciamiento de clasificación arancelaria previsto en el Informe Técnico No. DNR-DTA-JCC-KOV-IF-2013-478, suscrito por la Ing. Katiuska Olivo Vera, Especialista Laboratorista 1 de la Jefatura de Clasificación, el mismo que concluye:

  1. Informe sobre Consulta de Clasificación Arancelaria.-

    Fecha última de entrega de documentación:

    15 de Octubre del 2013

    Solicitante:

    Sr. JOSE GUILLERMO CAPITO ALVAREZ, en calidad de GERENTE GENERAL DE ASLEX...

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