Resoluciones. ARCERNNR-021/2023 Deróguese expresamente la Regulación Nro. ARCERNNR 007/20, adoptada por el Directorio institucional en sesión de 30 de diciembre de 2020

Número de Boletín356
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES - ARCERNNR
Miércoles 19 de julio de 2023 Tercer Suplemento Nº 356 - Registro Ocial
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Sesión de Directorio Extraordinario de 22 de junio de 2023
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Resolución Nro. ARCERNNR-021/2023
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE
ENERGIA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
ARCERNNR
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador determina
que:
“Las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les serán atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”
;
Que, el artículo 425 Ibídem dispone:
“El orden jerárquico de aplicación de las
normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios
internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas
regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las
ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y
decisiones de los poderes públicos. (...)”;
Que, el artículo 15 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica,
LOSPEE, establece las atribuciones y deberes de la Agencia de
Regulación y Control de Electricidad ARCONEL, entre las cuales, se
determinan:
“…3. Controlar a las empresas eléctricas, en lo referente al cumplimiento
de la normativa y de las obligaciones constantes en los títulos
habilitantes pertinentes, y otros aspectos que el Ministerio de Electricidad
y Energía Renovable defina;
…12. Conocer, tramitar y resolver sobre los incumplimientos e imponer
las, sanciones por las infracciones a la presente ley, a sus reglamentos,
títulos habilitantes y demás normativa aplicable en materia de energía
eléctrica”;
Que, el artículo 17 de la LOSPEE, establece las atribuciones y deberes del Directorio
de la ARCONEL y, en el numeral 8 consta la de conocer y resolver todos los
temas que se pongan a su consideración, entre ellas, aquellas relacionadas con
la expedición, modificación y derogatoria regulatoria;
Que, el artículo 66 de la LOSPEE, respecto a los tipos de infracciones y sanciones,
establece:
“Las infracciones a la ley, a su reglamento general, a las regulaciones, a
los títulos habilitantes, sin perjuicio de que produzcan caducidad, se

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