Resoluciones 237-2016-G. Autorícese la apertura de varias cuentas en el Banco de Desarrollo de China

Número de Boletín751
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Fecha de la disposición17 de Abril de 2016

LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA

Considerando:

Que el artículo 41 del Código Orgánico Monetario y Financiero respecto de las operaciones financieras del sector público no financiero establece que las instituciones, organismos y empresas del sector público no financiero deberán efectuar por medio del Banco Central del Ecuador, o las cuentas de éste, todos los pagos que tuvieren que hacer, así como todas las operaciones financieras que requieran, de acuerdo con las regulaciones y excepciones que dicte la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera;

Que el artículo 140, segundo inciso del Código Orgánico Monetario y Financiero establece que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera autorizará la apertura y mantenimiento de cuentas en el exterior, para el uso de las entidades del sector público, previo informes favorables del ente rector de las finanzas públicas y del Banco Central del Ecuador;

Que el artículo 163, último inciso del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala que la República del Ecuador previa autorización del ente rector de las finanzas públicas, podrá aperturar y mantener en el exterior, cuentas de depósito fijo o a la vista, para gestionar, conceder o realizar pagos, endeudamiento, inversión e interés de seguridad;

Que la Disposición General Primera del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone que cualquiera que sea el origen de los recursos, las entidades y organismos del sector público no podrán crear cuentas, fondos u otros mecanismos de manejo de ingresos y egresos que no estén autorizadas por el ente rector de las finanzas públicas;

Que con Acta Resolutiva No. 008 de 14 de abril de 2016, el Comité de Deuda y Financiamiento resolvió autorizar la contratación y aprobar los términos y condiciones financieras del Convenio de Crédito a suscribirse entre la República del Ecuador, representada por el Ministerio de Finanzas, en calidad de Prestatario, y el...

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