Resoluciones. SUBZ5-OS-001-2018 Concédese personería jurídica a la Asociación de Conservación Vial “UNIDOS POR UN MEJOR ECUADOR”, con domicilio en la ciudad de Babahoyo, provincia de Los Ríos

Número de Boletín356
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Viernes 26 de octubre de 2018 – 35Registro Of‌i cial Nº 356
Acuerda:
Artículo 1.- Conceder la personalidad jurídica de derecho
privado y sin f‌i nes de lucro al CENTRO PARA EL
DESARROLLO PROFESIONAL SABER Y CRECER,
en calidad de Corporación de primer grado; organización
que tendrá su domicilio en el cantón Tena, provincia
de Napo; cuyo ámbito de acción, f‌i nes y objetivos no se
oponen al ordenamiento jurídico vigente, al orden público,
ni a las buenas costumbres y se encuentran en el ámbito
de competencias de la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación.
Dicha Asociación, se regirá por las disposiciones del Título
XXX del Libro Primero del Código Civil ecuatoriano, el
Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales, expedido mediante Decreto
Ejecutivo No. 193, publicado en el Registro Of‌i cial No.
109 de 27 de octubre de 2017, su Estatuto, los reglamentos
internos que se pudieran dictar para el cumplimiento de
su ámbito de acción, f‌i nes y objetivos y demás normativa
pertinente.
Artículo 2.- Aprobar el Estatuto del CENTRO PARA EL
DESARROLLO PROFESIONAL SABER Y CRECER, sin
modif‌i caciones.
Artículo 3.- Registrar en calidad de miembros fundadores
del CENTRO PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL
SABER Y CRECER, a las siguientes personas:
1 GUZMAN MORALES EDUARDO
DAVID
1756684294
2 TORRES SANABRIA MARIA
JESUS
1757545726
3 MORENO LAUCHO NUGELYS
DEL CARMEN
1757542640
4 CARRERO DELGADO JULIAN
ANIBAL
1757396302
5 ARAUJO GAMBOA NICK JOEL 1756964746
Artículo 4.- Disponer que la Dirección de Asesoría Jurídica
de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, registre en la base de datos a su cargo el
presente Acuerdo con el que inicia la existencia legal del
CENTRO PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL
SABER Y CRECER.
Artículo 5.- Disponer que de conformidad con lo señalado
en el artículo 16 del “Reglamento para el Otorgamiento
de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales”,
expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 193, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 109 de 27 de octubre de 2017,
el CENTRO PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL
SABER Y CRECER, dentro del plazo máximo de treinta
(30) días, contados a partir de la notif‌i cación del presente
Acuerdo, remita a la Dirección de Asesoría Jurídica de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, la nómina del órgano directivo def‌i nitivo,
conforme al periodo establecido en su Estatuto, para
su respectivo registro, para lo cual deberán adjuntar la
convocatoria a la asamblea y el acta de la asamblea en la
que conste la elección del órgano directivo, certif‌i cada por
el secretario de la organización.
Artículo 6.- Encargar a la Dirección de Asesoría Jurídica de
la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, la notif‌i cación del presente Acuerdo de
otorgamiento de personalidad jurídica y aprobación del
Estatuto de la CENTRO PARA EL DESARROLLO
PROFESIONAL SABER Y CRECER.
Artículo 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Notifíquese y publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a los diecinueve (19) días del mes de
junio de 2018.
f.) Augusto Barrera Guarderas, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- 05 de septiembre de 2018.- f.) Ilegible,
Fiel copia del original que reposa en el archivo de esta
Coordinación.
No. SUBZ5-OS-001-2018
Ing. Hugo Valle Zuñiga
SUBSECRETARIO ZONAL 5
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Ecuador, determina que además de las atribuciones de
las Ministras y Ministros de Estado, están las de ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, acorde a lo preceptuado en los numerales 13 y 17
Ecuador, se reconoce y garantiza el derecho a asociarse y
manifestarse de forma libre y voluntaria y el derecho a la
libertad de trabajo;
Que, el Código Civil concede a las personas naturales
y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y
fundaciones, con f‌i nalidad social y sin f‌i nes de lucro
amparado en lo dispuesto en el Título XXX del libro I;
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