Acuerdos 00003326. Acuerdo 3326 - Apruébase y autorízase la publicación de la Guía de Práctica Clínica 'LUPUS ERITEMATOSO SISTÉMICO (LES)'

Número de Boletín15-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2013

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que: la Constitución de la República del Ecuador manda: "Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.";

Que; el Art. 361 de la Norma Suprema ordena: "El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector.";

Que: la Ley Orgánica de Salud dispone: "Art. 4. La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias.";

Que; el Art. 6 de la Ley Ibídem prescribe: "Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública: (...) 34. Cumplir y hacer cumplir esta Ley, los reglamentos y otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la salud, (...).";

Que: el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pública, emitido mediante Acuerdo Ministerial No. 00001034 de 1 de noviembre de 2011, establece como Misión de la Dirección Nacional de Normatización definir normas, manuales de protocolos clínicos, protocolos terapéuticos, protocolos odontológicos y guías de manejo clínico, por ciclos de vida y niveles de atención, así como de procesos de organización y gestión;

Que; el Lupus Eritematoso Sistémico (LES), es una enfermedad potencialmente fatal y sus manifestaciones clínicas varían desde afecciones leves, como decaimiento, artritis, dermatitis, a otras muy graves o fatales como compromiso renal o del sistema nervioso central, presentándose a cualquier edad, siendo más común entre los 30 y 50 años, predominando en mujeres en una relación de 10 a 1 con respecto a los hombres;

Que; es necesario contar con un instrumento que permita a los profesionales de la salud, orientarse en la toma de decisiones tanto diagnósticas como terapéuticas, en el tratamiento para las personas que padezcan esta enfermedad, para lo cual se ha adoptado la Guía de Práctica Clínica de la Sociedad Chilena de Reumatología, con la autorización de la Dra. Marta Aliste, Presidenta de dicha Sociedad, según consta en el Oficio s/n de Abril de 2013, dirigido a la Máxima Autoridad de esta Cartera de Estado; y,

Que: mediante memorando Nro. MSP-DNN-2013-0505-M de 5 de abril de 2013, la Directora Nacional de Normatización, Encargada, solicita la elaboración del presente Acuerdo Ministerial.

EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES CONCEDIDAS POR LOS ARTÍCULOS 151 Y 154, NUMERAL 1 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y EL ARTÍCULO 17 DEL ESTADO DE RÉGIMEN JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1 Aprobar y autorizar la publicación de la Guía de Práctica Clínica denominada: "LUPUS ERITEMATOSO SISTÉMICO (LES)", adoptada y revisada por la Dirección Nacional de Normatización y por la Subsecretaria Nacional de Gobernanza de la Salud Pública, con la participación de profesionales especialistas del Ministerio de Salud Pública y de la Red Pública Integral de Salud y Red Complementaria.
Art. 2 Publicar la citada Guía de Práctica Clínica a través de la página web del Ministerio de Salud Pública.
Art. 3 Disponer la aplicación a nivel nacional de la Guía de Práctica Clínica denominada, "LUPUS ERITEMATOSO SISTÉMICO (LES)", como una normativa del Ministerio de Salud Pública de carácter obligatoria para el Sistema Nacional de Salud.
Art. 4 De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaría Nacional de Provisión de Servicios de Salud.

DADO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, a 13 de mayo de 2013.

f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DEL ECUADOR

SUBSECRETARÍA NACIONAL DE GOBERNANZA

DE LA SALUD PÚBLICA DIRECCIÓN NACIONAL

DE NORMATIZACIÓN

Guía de Práctica Clínica Lupus Eritematoso Sistémico (LES)

Adopción (LES CHILENA)

Participación en la Adopción de la Guía

Dra. Patricia Merlo Médica MSC. Reumatóloga. Hospital de la Policía

Dr. Iván Moreno Médico Reumatólogo. Hospital Militar

Dra. Belia Meléndez Médica Reumatóloga. Hospital de la Policía

Dra. Elizabeth Vallejo Médica Internista. Hospital de la Policía

Dr. Rómulo Villacís Médico Reumatólogo. Hospital Carlos Andrade Marín

Dr. Carlos VallejoMédico Reumatólogo. Profesor PUCE

Dra. Gabriela Aguinaga Directora Nacional de Normatización MSP

Dra. Ximena RazaCoordinadora de Normatización MSP

Dra. Indira Proaño Coordinadora de Enfermedades Raras

Guía Clínica: Lupus Eritematoso Sistémico

Resumen

El Lupus Eritematoso Sistémico (LES) es una enfermedad inflamatoria, sistémica, crónica, de patogenia auto inmune.

Sus manifestaciones varían desde afecciones leves a graves o fatales. Es más común en mujeres y su prevalencia varía entre 40 a 200 casos/100.000 habitantes. El diagnóstico y reconocimiento precoz de sus manifestaciones sistémicas son críticos para una adecuada derivación, tratamiento y pronóstico de los pacientes. A petición del MINSAL, la Sociedad Chilena de Reumatología designó un grupo de trabajo para la elaboración de una guía clínica de LES.

Objetivos: Definir niveles de atención, criterios de derivación según gravedad y elaborar recomendaciones para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los principales compromisos del LES siguiendo la metodología de realización de guías clínicas.

Metodología: Se siguieron las indicaciones para realización de guías clínicas basadas en criterios de evaluación (AGREE) y una combinación de criterios de medicina basada en la evidencia y consenso de expertos. La pesquisa bibliográfica se centró en la búsqueda de respuesta para 13 preguntas seleccionadas, respecto a: niveles de atención y criterios de derivación; abordaje general; principales compromisos graves del LES y situaciones especiales. Para cada pregunta se hizo una recomendación. La evidencia se estableció usando una escala tradicional. Además, se midió el grado de acuerdo (GdA) con las recomendaciones efectuadas, mediante una escala de 0 a 10 puntos, por los reumatólogos integrantes del grupo de trabajo y por cinco pares independientes.

Resultados: Se desarrollaron 13 recomendaciones respecto a: 1) Rol del médico no especialista y criterios de derivación. 2) Rol del reumatólogo. 3) Sospecha y diagnóstico precoz del LES. 4) Pronóstico y gravedad. 5) Evaluación de actividad y daño en el LES. 6) Patología asociada al LES. 7) Fármacos utilizados en el LES Y su toxicidad. 8) Bases diagnósticas de nefropatía lúpica. 9) Tratamiento de nefropatía lúpica. 10) Manifestaciones neuropsiquiátricas del LES. 11) LES Y síndrome antifosfolípido. 12) LES Y embarazo. 13) LES en niños. El GdA global para las 13 recomendaciones fue de promedio 9,6 y 9,5 para autores y pares, respectivamente.

Conclusiones: La Guía Clínica de LES, basada en la evidencia y realizada en base a problemas y preguntas, tiene un buen nivel de acuerdo entre los reumatólogos nacionales y es una forma metódica de clasificar y graduar los problemas más frecuentes y graves del LES. Se espera que pueda orientar en la toma de decisiones tanto diagnósticas como terapéuticas. Palabras clave: Lupus eritematoso sistémico, guía clínica, guía de tratamientos.

Guía Clínica: Lupus Eritematoso Sistémico (LES)

ÍNDICE

FLUJOGRAMA 1.

Rol del médico no especialista en el enfrentamiento de un paciente con Lupus Eritematoso Sistémico (LES)

FLUJOGRAMA 2.

Pasos hacia el diagnóstico del Lupus Eritematoso Sistémico (LES)

FLUJOGRAMA 3.

Plan Terapéutico en el LES

RECOMENDACIONES CLAVE

  1. INTRODUCCIÓN

  2. OBJETIVOS

  3. PREGUNTAS Y RECOMENDACIONES

  4. Rol del médico no especialista y criterios de derivación

    A. Paciente sin diagnóstico previo de LES

    B. Paciente con diagnóstico previo de LES

  5. Rol...

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