Resoluciones. BCE-GG-018-2022 Refórmese la Norma para el Registro de Crédito Externo del Sector Privado en el BCE
Número de Boletín | 209 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Banco Central del Ecuador |
Miércoles 14 de diciembre de 2022 Tercer Suplemento Nº 209 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nro. BCE-GG-018-2022
GERENTE GENERAL
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
CONSIDERANDO
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 226, prescribe que
las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la Ley;
Que, el artículo 227 ibídem señala que la Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, coordinación, planificación, entre otros;
Que, el artículo 303 de la Carta Magna establece que el Banco Central del Ecuador
es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y
funcionamiento será establecido por la Ley, que instrumentará la política
monetaria, crediticia, cambiaria y financiera que expida la Función Ejecutiva;
Que, los artículos 26 y 27, en concordancia con el numeral 1 del artículo 36 del
Código Orgánico Monetario y Financiero, determinan que el Banco Central del
Ecuador se encargará de instrumentar el régimen y política monetaria
formulada por la Junta de Política y Regulación Monetaria;
Que, los numerales 1, 2 y 3 del artículo 49 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, como funciones del Gerente General del Banco Central del
Ecuador, entre otras, establece: “1. Ejercer la representación legal, judicial y
extrajudicial del Banco Central del Ecuador para todos los efectos. 2. Dirigir y
coordinar el funcionamiento del Banco Central del Ecuador en sus aspectos,
técnico, administrativo, operativo y de personal, para lo cual expedirá los
reglamentos internos correspondientes; y, de lo cual responde ante la Junta de
Política y Regulación Monetaria. 3. Expedir resoluciones administrativas
vinculantes a terceros, con la finalidad de implementar las políticas
establecidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria (…)”;
Que, El artículo 128 del Código Orgánico ibídem, sobre los actos normativos de
carácter administrativo, señala: “Es toda declaración unilateral efectuada en
ejercicio de una competencia administrativa que produce efectos jurídicos
generales, que no se agota con su cumplimiento y de forma directa.”;
Que, el artículo 130 ut supra, dispone: "Competencia normativa de carácter
administrativo. Las máximas autoridades administrativas tienen competencia
normativa de carácter administrativo únicamente para regular los asuntos
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