Resoluciones. BCE-GG-087-2018 Refórmese el Reglamento de conformación y funcionamiento de la Comisión de Calificación de Activos de Riesgo y Constitución de Provisiones

Número de Boletín404
SecciónResoluciones
EmisorBanco Central del Ecuador
36 – Viernes 11 de enero de 2019 Registro O cial Nº 404
Público del Ministerio de Economía y Finanzas, pone
en conocimiento los documentos que serían suscritos
por el Banco Central del Ecuador para la operación de
nanciamiento con el China Development Bank. Toda vez
que el o cio No. BCE-MEF-SFP-2018-0801-O no altera el
sentido del memorando No. BCE-SGSERV-2018-0435-M,
rati co el contenido del memorando en referencia, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 36 numeral
28 del Código Orgánico Monetario y Financiero”, al
respecto me permito manifestar lo siguiente: Toda vez que
el o cio No. BCE-MEF-SFP-2018-0801-O de fecha 06 de
diciembre de 2018 y memorando No. BCE-SGSERV-2018-
0438-M de fecha 06 de diciembre no alteran el sentido
del memorando No. BCE-CGJ-2018-1407-M, rati co el
contenido del memorando en referencia, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 36 numeral 28 del Código
Orgánico Monetario y Financiero.”;
Que, mediante Resolución Administrativa No. BCE-
GG-085-2018 de 06 de diciembre de 2018, se delegó al
Director Nacional de Sistemas de Pago del Banco Central
del Ecuador para que en representación del Banco Central
del Ecuador suscriba los contratos, convenios, anexos
y demás documentos relacionados con la operación
de Línea de Crédito denominada línea V, con el China
Development Bank (CBD) y el Ministerio de Economía
y Finanzas. Así como los demás contratos, convenios,
anexos en la que interviene PetroEcuador, Petrochina y
Unipec, relacionados a dicha operación;
Que, con Acta Resolutiva No. 19 de 07 de diciembre
de 2018, el Comité de Deuda y Financiamiento, en su
artículo 1 resolvió: “Autorizar la contratación de la Línea
V de Préstamo del China Development Bank (CDB) a la
República del Ecuador, r representada por el Ministerio
de Economía y Finanzas, para el nanciamiento del
Programa de Preservación de Capital y de programas
y proyectos de inversión incluidos en el Plan Anual de
Inversiones, por un Tramo A de hasta USD 675.000.000,00
y un Tramo B de hasta RMB 1.530.000.000,00., sobre la
base del informe técnico contenido en el Memorando No.
MEF-SFP-2018- 0396 de 6 de diciembre de 2018, y el
criterio jurídico contenido en el Memorando No. MEF-
CGJ-2018-0953 de 6 de diciembre de 2018”;
En ejercicio de sus funciones legales y reglamentarias, de
conformidad con lo establecido en el artículo 36 numeral
28 del Código Orgánico Monetario y Financiero, artículos
69, 70 y 97 del Código Orgánico Administrativo:
Resuelve:
Artículo Único.- Delegar al Director Nacional de Sistemas
de Pago como Fedatario Administrativo del Banco Central
del Ecuador, respecto de los contratos, convenios, anexos
y demás documentos relacionados con la operación
de Línea de Crédito denominada línea V, con el China
Development Bank (CBD) y el Ministerio de Economía
y Finanzas. Así como los demás contratos, convenios,
anexos en la que interviene PetroEcuador, Petrochina y
Unipec, relacionados a dicha operación.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- De la correcta ejecución de la presente
Resolución encárguese la Subgerencia de Servicios.
SEGUNDA.- Encárguese la publicación de la presente
Resolución, en el Registro O cial y en la Página Web
Institucional, a la Directora de Gestión Documental y
Archivo.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a 11 de diciembre de 2018.
f.) Mgs. Hernán Gustavo González López, Director
Nacional de Riesgos de Operaciones (E), Banco Central
del Ecuador.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Certi co es el
copia de los documentos que reposan en el archivo central
de la intitución a 6 fojas.- Fecha: 17 de diciembre de 2018.-
f.) Dra. María del Cisne López Cabrera, Directora de
Gestión Documental y Archivo.
No. BCE-GG-087-2018
Janeth Maldonado Román
GERENTE GENERAL SUBROGANTE
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Considerando:
Que, el artículo 303 de la Constitución de la República
del Ecuador, menciona: “El Banco Central es una
persona jurídica de derecho público, cuya organización y
funcionamiento será establecido por la ley”;
Que, el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, establece: “Créase la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función
Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas
públicas y la regulación y supervisión monetaria,
crediticia, cambiaria, nanciera, de seguros y valores”;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico Monetario y
Financiero establece que: “El Banco Central del Ecuador
es una persona jurídica de derecho público, parte de la
Función Ejecutiva, de duración inde nida, con autonomía
administrativa y presupuestaria, cuya organización y
funciones están determinadas en la Constitución de la
República, este Código, su estatuto, las regulaciones
expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera y los reglamentos internos”;
Que, el artículo 27 del Código Orgánico Monetario y
Financiero determina que: “El Banco Central del Ecuador
tiene por nalidad la instrumentación de las políticas
monetaria, crediticia, cambiaria y nanciera del Estado,
mediante el uso de los instrumentos determinados en este
Código y la ley”;
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