BCE-GG-094-2019 Expídese el “Reglamento de Funcionamiento del Comité de Transparencia

Fecha de publicación17 Mayo 2019
Número de Gaceta490
Viernes 17 de mayo de 2019 – 13Registro Of‌i cial Nº 490
primeros 10 días de cada mes y entregará información, de
conformidad con lo establecido en el artículo 13 y 14 del
presente Acuerdo.
Una vez concluido el operativo de actualización del
Registro Social, se notif‌i cará la f‌i nalización del mismo a
efecto de proceder con el cambio de base que utilizará la
nueva métrica.
Art. 2.- Encargar al Coordinador General Jurídico, notif‌i que
con el contenido del presente Acuerdo al Subsecretario
General de Planif‌i cación y Desarrollo y al Subsecretario de
Información, para su oportuna ejecución.
La ejecución del presente Acuerdo entrará en vigencia
a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 07 de mayo
de 2019.
f.) Ing. Juan Carlos Proaño Cordero, Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo, Encargado.
Es f‌i el copia del original.- Lo certif‌i co.- f.) Ilegible.
No. BCE-GG-094-2019
LA GERENTE GENERAL
DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Considerando:
Ecuador dispone que la Administración Pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, el inciso tercero del artículo 303 de la Constitución
de la República del Ecuador prescribe que el Banco Central
del Ecuador es una persona jurídica de derecho público,
cuya organización y funcionamiento será establecido por
la ley;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico Monetario y
Financiero determina que el Banco Central del Ecuador
es una persona jurídica de derecho público, parte de la
Función Ejecutiva, de duración indef‌i nida, con autonomía
administrativa y presupuestaria, cuya organización y
funciones están determinadas en la Constitución de la
República, el citado Código, su Estatuto, las regulaciones
expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera y los reglamentos internos;
Que, los numerales 1, 2 y 4 del artículo 49 del Código
Orgánico Monetario y Financiero establecen como
funciones del Gerente General del Banco Central, en su
calidad de máxima autoridad de la entidad, la representación
legal, judicial y extrajudicial; la dirección, coordinación y
supervisión de la gestión técnica, operativa y administrativa
del Banco Central del Ecuador, para lo cual expedirá los
reglamentos internos correspondientes; y, su actuación
como autoridad nominadora;
la transparencia en la gestión administrativa que están
obligadas a observar todas las instituciones del Estado
que conforman el sector público, difundirán información
pública a través de un portal de información o página
web, así como en los medios necesarios a disposición del
público, implementados en la misma institución;
Que, el 15 de enero de 2015 la Defensoría del Pueblo y la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, emitieron
la “Guía Metodológica para la aplicación de parámetros
técnicos para el cumplimiento de transparencia activa -
Información Pública , en todas las entidades poseedoras de
información pública”;
Que, mediante Resolución No. 007-DPE-CGAJ de 15
de enero de 2015, publicada en el Segundo Suplemento
del Registro Of‌i cial No. 433 de 06 de febrero de 2015,
el Defensor del Pueblo expidió los Parámetros Técnicos
para el Cumplimiento de las Obligaciones de Trasparencia
Activa establecidas en el artículo 7 de la Ley Orgánica de
Que, el artículo 8 de la Resolución antes señalada
dispone que las autoridades de las entidades poseedoras
de información pública, establecerán mediante acuerdo o
resolución la conformación del Comité de Transparencia
así como su integración y funciones;
Que, mediante Resolución No. 386-2017-G de 1 de junio
de 2017, la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera designó a la economista Verónica Artola Jarrín
como Gerente General del Banco Central del Ecuador;
Que, mediante Resolución No. 433-2017-G de 29 de
diciembre de 2017, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera resolvió expedir la Reforma al
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
del Banco Central del Ecuador;
Que, con Resolución Administrativa No. BCE-
GG-076-2018 de 24 de agosto de 2018, la señora Gerente
General del Banco Central del Ecuador resolvió expedir
la Reforma del portafolio de productos y servicios
(entregables) de las Gestiones de Sistemas de Pago,
Servicios Financieros; Atención al Cliente; Zonal de
Sistemas de Pago; Zonal de Servicios Financieros; y, Zonal
de Atención al Cliente;
Que, con Resolución No. 466-2018-G de 30 de octubre
de 2018, la Junta de la Política y Regulación Monetaria y
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