Resoluciones. BCE-GG-108-2019 Asígnense los roles y responsabilidades para asegurar la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno

Número de Boletín78
SecciónResoluciones
EmisorBanco Central del Ecuador
40 – Martes 12 de noviembre de 2019 Registro O cial Nº 78
Que el artículo 17 del citado Reglamento, establece:
Autorización de viaje al exterior, para cumplir tareas
o ciales o servicios institucionales derivados de las
funciones de un puesto.- Las autorizaciones de viaje
al exterior, para cumplir tareas o ciales o servicios
institucionales derivados de las funciones de un puesto
de las servidoras, servidores, obreras u obreros que
laboren en entidades de la Función Ejecutiva y de las
entidades adscritas a la misma, se las realizará a través
del correspondiente acuerdo o resolución, según sea
el caso, previa autorización de Secretaría General de
la Presidencia de la República a través del sistema
informático que para el efecto establezca la mencionada
entidad. La autorización para las demás instituciones,
organismos, dependencias y entidades del Estado,
descritas en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, con las excepciones previstas en el artículo 94 de
la misma ley la realizará la máxima autoridad a través de
la correspondiente resolución.”;
Que el artículo 21 del Reglamento ibídem, determina: “De
los informes del cumplimiento de servicios institucionales
en el exterior.- Dentro del término de 4 días de concluido
el viaje al exterior para cumplir tareas o ciales o servicios
institucionales derivados de las funciones de un puesto,
las servidoras, servidores, obreros u obreras presentarán
a la máxima autoridad o a su delegado un informe de las
actividades y productos alcanzados (formulario ubicado
en la página web del Ministerio del Trabajo www.trabajo.
gob.ec); en el que constará la fecha y hora de salida y
llegada al domicilio o lugar habitual de trabajo, el cual
deberá ser enviado a la Unidad Financiera o la que
hiciera sus veces para el trámite respectivo. Además
para las entidades de la Función Ejecutiva y entidades
adscritas se remitirá la información a la Secretaría
General de la Presidencia de la República a través del
sistema informático que para el efecto establezca la
mencionada entidad. (...)”;
Que mediante Acuerdo No. 026 de 29 de agosto de
2017, se expidió el Reglamento de Viajes al Exterior
de los Servidores Públicos de las Instituciones de la
Administración Pública Central, Institucional y que
Dependen de la Función Ejecutiva (APCID), mismo que
tiene varias reformas;
Que mediante Informe Nro. BCE-DATH-739-2019 de 12
de septiembre de 2019, la Dirección de Administración
del Talento Humano, recomendó a la Gerencia General,
autorizar la comisión de servicios con remuneración al
exterior a favor de la ingeniera Janeth Maldonado Román,
Subgerente General; siendo procedente su autorización; y,
En ejercicio de sus atribuciones y funciones,
Resuelve:
Artículo 1.- Autorizar la comisión de servicios con
remuneración al exterior de la ingeniera Janeth Maldonado
Román, Subgerente General, con la nalidad de asistir a la
“XXXVII Reunión de Presidentes de los Bancos Centrales
de América del Sur”, a realizarse en la ciudad de Chile,
desde el 03 al 05 de octubre de 2019.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de desplazamiento
y permanencia relacionados con el viaje autorizado en
el artículo que precede serán cubiertos con recursos
del Banco Central del Ecuador, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.
Artículo 3.- Disponer a la Dirección de Administración
del Talento Humano, dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Servicio Público, su Reglamento
General y la Norma Técnica del Subsistema de Formación
y Capacitación, con énfasis en lo relacionado con la
trasmisión de los conocimientos adquiridos por la
servidora;
Artículo 4.- Disponer que la ingeniera Janeth Maldonado
Román, Subgerente General, presente un informe de
las actividades desarrolladas, en el término de 4 días de
concluido el viaje al exterior, y de cumplimiento a lo
establecido en el artículo 21 del Reglamento para el Pago
de Viáticos, Movilizaciones y Subsistencias en el Exterior,
para las y los Servidores y Obreros Público.
DISPOSICIÓN GENERAL.- De la ejecución de
la presente Resolución encárguese a la Dirección de
Administración del Talento Humano.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución, entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dada en la ciudad
de Quito, Distrito Metropolitano, a 13 de septiembre de
2019.
f.) Econ. Verónica Artola Jarrín, Gerente General, Banco
Central del Ecuador.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Es el copia del
original.- Lo certi co.- Fecha: 16 de octubre de 2019.- f.)
Ilegible, Dirección de Gestión Documental y Archivo.
No. BCE-GG-108-2019
LA GERENTE GENERAL DEL
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Considerando:
Que, el artículo 3 numeral 8 de la Constitución de la
República del Ecuador, dispone que: “Son deberes
primordiales del Estado: Garantizar a sus habitantes el
derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a
vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.”;
Que, el artículo 83 numerales 8 y 11 de la Constitución
de la República, determinan como deberes y
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