Acuerdos 239. Acuerdo 239 - Delégase al señor Leonardo Arízaga S., Embajador de la República del Ecuador en la ciudad de Caracas - República Bolivariana de Venezuela, suscriba con la Corporación Andina de Fomento - CAF, un contrato de garantía

Número de Boletín129-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Finanzas
Fecha de la disposición29 de Julio de 2013

EL MINISTRO DE FINANZAS

Considerando:

Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador manda que, a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16, relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias;

Que el artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público, delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Ministro de Finanzas mediante Resolución Ministerial No. 142 de 24 de junio de 2013, resolvió aprobar la concesión de la garantía de la República del Ecuador, exclusivamente para afianzar el cumplimiento de todas y. cada una de las obligaciones dinerarias contraídas por la Ilustre Municipalidad de Guayaquil, frente a la Corporación Andina de Fomento - CAP, en virtud de 10 estipulado en el Contrato de Préstamo a celebrarse entre estas dos partes, por (USD 46'060.000,00), destinados a financiar parcialmente el "Programa de Obras Viales en Zonas Densamente Pobladas de Guayaquil, Fase II", cuya ejecución estará a cargo de dicha Municipalidad.

Que el Comité de Deuda y Financiamiento mediante Acta Resolutiva No. 013 de 12 de julio de 2013, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 289 de la Constitución de la República y 139 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, resolvió autorizar la contratación y aprobar los términos y condiciones financieras particulares y generales del Contrato de Préstamo a celebrarse entre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR