Resoluciones. C.D. 559 Autorícese La Compensación Contable Por El Traspaso Del Seguro General De Pensiones Al Seguro General De Salud Individual Y Familiar, Del Bien Inmueble Denominado “ex Guardería Infantil (los Lirios Centro)”, Ubicado En La Ciudad De Quito

Número de Boletín122
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de Seguridad Social
36 – Viernes 17 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 122
No. C.D. 559
EL CONSEJO DIRECTIVO
DEL INSTITUTO ECUATORIANO
DE SEGURIDAD SOCIAL
Considerando:
del Ecuador establece: “El sistema nacional de salud
comprenderá las instituciones, programas, políticas,
recursos, acciones y actores en salud; abarcará todas
las dimensiones del derecho a la salud; garantizará la
promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en
todos los niveles (...)”;
Que, el numeral 2 del artículo 363 de la Constitución de
la República del Ecuador determina que el Estado será
responsable de: “Universalizar la atención en salud, mejorar
permanentemente la calidad y ampliar la cobertura”;
Que, el primer inciso del artículo 372 de la Constitución
de la República del Ecuador dispone que: “Los fondos y
reservas del seguro universal obligatorio serán propios y
distintos de los del f‌i sco, y servirán para cumplir de forma
adecuada los f‌i nes de su creación y sus funciones”;
Que, el tercer inciso del artículo 16 de la Ley de Seguridad
Social establece que los fondos y reservas técnicas del
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social son distintos de
los del f‌i sco, y su patrimonio es separado del patrimonio de
cada uno de los seguros comprendidos en el Seguro General
Obligatorio;
Que, el inciso segundo del artículo 50 de la Ley de Seguridad
Social determina que: “El sistema presupuestario y contable
del IESS deberá registrar y mostrar separadamente la
administración f‌i nanciera de sus fondos propios y la
administración f‌i nanciera de los fondos del Seguro General
Obligatorio.”;
Que, mediante Resolución No. C.D. 008 de 13 de mayo del
2003, el Consejo Directivo del IESS autorizó la separación
contable de los activos, pasivos y patrimonio del IESS,
clasif‌i cados por Seguros Especializados, de acuerdo al
Estado de Situación General Ajustado (ESIGA) al 31 de
diciembre de 2001;
Que, de conformidad a la Resolución No. C.D. 008, los
inmuebles de propiedad del IESS están sujetos a cambios
relacionados con la demanda institucional de los bienes;
siendo necesario viabilizar la redistribución patrimonial
entre los Seguros Especializados con la correspondiente
compensación contable, que permita la ejecución de
proyectos encaminados al mejoramiento de las prestaciones
y servicios que otorga el IESS;
Que, mediante Resolución No. C.D. 271 de 27 de julio
de 2009, se establece que para la ejecución de proyectos
encaminados al mejoramiento de las prestaciones
y servicios que otorga el IESS, se procederá a una
redistribución patrimonial entre los seguros especializados
y la Dirección General, por medio de la correspondiente
compensación contable, la cual deberá ser autorizada por
el Consejo Directivo y deberá contar con los informes
técnicos, económicos, legales y el proyecto a ejecutarse;
Que, el inmueble denominado “Ex Guardería Infantil
(Los Lirios Centro)” de la ciudad de Quito, se encuentra
registrado contablemente en el patrimonio de la Dirección
del Sistema de Pensiones;
Que, mediante memorando Nro. IESS-HCAM-GG-2017-
0722-M de 21 de agosto de 2017, el Gerente General del
Hospital Carlos Andrade Marín, solicita a la Coordinadora
Provincial de Prestaciones del Seguro de Salud Pichincha,
se realicen las gestiones pertinentes para hacer uso del bien y
llevar a cabo el proyecto de Adecuación de la infraestructura
destinada al Centro Especializado de Rehabilitación Física
anexo al Hospital de Especialidades Carlos Andrade Marín;
Que, mediante memorando Nro. IESS-CPPSSP-2017-
9202-M de 23 de agosto de 2017, la Coordinadora Provincial
de Prestaciones del Seguro de Salud Pichincha remite al
Director del Seguro General de Salud Individual y Familiar
Encargado, el informe de la visita técnica realizado por el
área de Gestión de la Garantía de la Calidad al inmueble
denominado “Ex Guardería Infantil (Los Lirios Centro)”,
en el cual se concluye que es pertinente continuar con este
proyecto;
Que, mediante memorando Nro. IESS-SDNPSS-2017-
2455-M de 08 de septiembre de 2017, la Subdirección
Nacional de Provisión de Servicios de Salud remite a la
Subdirección Nacional Financiera del Seguro General
de Salud Individual y Familiar, el informe técnico Nro.
IT-SDNPS-2017-0472 elaborado por las Subdirecciones
Nacionales de Provisión de Servicios de Salud y Garantía
de la Calidad de los Servicios del Seguro de Salud, mediante
el cual se valida el perf‌i l del proyecto para la Adecuación de
la infraestructura destinada al nuevo Centro Especializado
de Rehabilitación Física anexo al Hospital Carlos Andrade
Marín;
Que, mediante memorando Nro. IESS-SDNIE-2017-
1481-M de 18 de septiembre de 2017, la Subdirección
Nacional de Infraestructura y Equipamiento remite a la
Subdirección Nacional de Garantía de la Calidad de los
Servicios de Salud la certif‌i cación del status del inmueble
denominado “Ex Guardería Infantil (Los Lirios Centro)”,
mismo al que se adjunta la cédula catastral del bien en
mención, cuyo avalúo asciende a USD 1´777,209.13;
Que, mediante memorando IESS-SDNFSS-2017-4683-M
de 19 de septiembre de 2017, el Subdirector Nacional
Financiero, remite el informe económico, al Director
del Seguro General de Salud Individual y Familiar, en el
que consta la certif‌i cación presupuestaria 21500010000-
201000570, por un valor de USD 1,777,209.13 en las
partidas 52840101 Terrenos y 52840102 Edif‌i cios del
Centro de Responsabilidad Presupuestaria Nivel Central
del Fondo del Seguro de Salud, conforme al avalúo total
del bien inmueble constante en la Cédula Catastral del
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito;
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