Ordenanzas Municipales. Cantón Alausí: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta el cobro del canon de arrendamiento de locales comerciales y el funcionamiento interno de los establecimientos de propiedad del GADM

Número de Boletín77
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
40 – Lunes 11 de noviembre de 2019 Registro O cial Nº 77
el Consejo de la Judicatura, la acreditación de peritos que
contribuyan en la investigación de estas causas.
NOVENA.- La o el Fiscal General del Estado,
conjuntamente con la o el Coordinador General de Acceso a
la Justicia Penal, realizarán la supervisión a nivel nacional,
provincial y cantonal, del acatamiento y ejecución del
Plan de Seguimiento de las causas represadas con Informe
de Indicios de Responsabilidad Penal remitidos por la
Contraloría General del Estado, para lo cual emitirán y
suscribirán todas aquellas disposiciones necesarias para su
ejecución.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Se deroga expresamente la Resolución No. 036-
FGE-2017 de 31 de julio de 2017; así como todas aquellas
disposiciones internas que se opongan a esta Resolución a
partir de la expedición de la misma.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese la Coordinación General de Acceso a la
Justicia Penal y las Direcciones de Gestión de Control
Jurídico y Evaluación de la Actuación Fiscal, Tecnologías
de la Información, Talento Humano, Capacitación y
Fortalecimiento Misional, Investigación Civil; y, Dirección
de Procesos y Calidad en la Gestión de Servicios.
SEGUNDA.- La implementación de la presente resolución
es de carácter obligatorio para todos los funcionarios
y servidores de la Fiscalía General del Estado; el
incumplimiento de una o varias disposiciones, acarreara la
imposición de las sanciones administrativas determinadas
por la Dirección de Talento Humano, previo informe
técnico debidamente motivado, emitido por la Coordinación
General de Acceso a la Justicia Penal, en atención a lo
dispuesto en el artículo 42 literal a) de la Ley Orgánica del
Servicio Público (LOSEP) y artículos 81, 82, 83, 84 y 85
de su Reglamento, sin perjuicio del régimen disciplinario
que pudiere imponer el Consejo de la Judicatura y las
responsabilidades civiles y/o penales a las que hubiere
lugar.
TERCERA.- La presente resolución entrará en vigencia
desde la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.- Dada y rmada en el
Despacho de la Fiscal General del Estado.- Quito a, 16 de
octubre de 2019.
f.) Dra. Diana Salazar Méndez, Fiscal General del Estado.
CERTIFICO.- Que la resolución que antecede está suscrita
por la señora doctora Lady Diana Salazar Méndez, Fiscal
General del Estado.- Distrito Metropolitano de Quito a, 16
de octubre de 2019.
f.) Dr. Edwin Erazo Hidalgo, Secretario General, Encargado,
Fiscalía General del Estado.
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO.- CERTIFICO:
Que las copias que anteceden en cuatro fojas, corresponden
a los originales que reposan en los archivos a cargo y
responsabilidad de la Secretaría General de la Fiscalía
General del Estado. Quito, 17 de octubre de 2019. f.) Dr.
Edwin Erazo H., Secretario General.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN ALAUSÍ
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en
su artículo 264, señala las atribuciones exclusivas que
tienen los gobiernos municipales, entre las cuales está la
de plani car, construir y mantener los espacios públicos
destinados al desarrollo social, entre otros;
Que, la Constitución en el artículo 264, numeral 14, inciso
segundo, establece la competencia de los municipios de
expedir ordenanzas cantonales;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), en el artículo
226, capítulo I, literal e) señala la clasi cación de los
ingresos no tributarios a los provenientes de utilización o
arriendo de bienes de dominio público;
Que, el Gobierno Municipal del Cantón Alausí no cuenta
con una ordenanza actualizada que indique cuales son los
valores que deben cancelar los arrendatarios por concepto
de arrendamiento de los espacios o locales comerciales
de propiedad municipal y las sanciones especí cas que se
aplicarán a quienes infrinjan las disposiciones contenidas
en esta ordenanza;
Que, el concejo cantonal en sesión ordinaria de concejo
municipal expide el Reglamento Nº. 00-2007, para el
Funcionamiento del Centro de Arte y Cultura Municipal
"La Casona";
Que, mediante Registro O cial Nº 206, Suplemento
del jueves 22 de marzo de 2018, el concejo expidió
La Ordenanza que Reglamenta el Cobro del Canon de
Arrendamiento de Locales Comerciales y el Funcionamiento
Interno de los Establecimientos de Propiedad del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón de
Alausí;
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
en uso de sus atribuciones determinadas en el artículo 57
literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, expide:
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