Ordenanzas Municipales. Cantón Alausí: Que reforma a la Ordenanza para regularización de superficies de terrenos en las zonas urbanas y rurales

Número de Boletín25
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 21 de marzo de 2022 Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 25
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN ALAUSÍ.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 30 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: Las personas
tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con
independencia de su situación social y económica;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 31 dispone: Las personas
tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios
de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio
entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión
democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en
el ejercicio pleno de la ciudadanía;
Que, el artículo 66 numeral 26 de la Constitución dela República establece: Se reconoce
y garantizará a las personas: El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función
y responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo
con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas;
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Los
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias
y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales...",
Que, el numeral 9 del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador establece:
“Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio
de otras que determine la ley...”. Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos
y rurales;
Que, el artículo 321 de la Constitución de la República delEcuador establece: El Estado
reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria,
estatal, asociativa, cooperativa, mixta y que deberá cumplir su función social y ambiental;
Descentralización señala: Facultad normativa.- Para el pleno ejercicio de sus competencias
y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos
regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar
normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables
dentro de su circunscripción territorial;

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