Ordenanzas Municipales. Cantón Arajuno: Que establece el cobro de inspecciones y permiso de funcionamiento a locales comerciales
Número de Boletín | 771-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 16 de Agosto de 2016 |
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL INTERCULTURAL Y PLURINACIONAL DEL CANTON ARAJUNO
Considerando:
Que, de conformidad a lo establecido en el último inciso del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador, es competencia de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, expedir ordenanzas en el ámbito de sus competencias;
Que, el numeral 5 del Art. 264 de la Constitución de la República, señala como competencia municipal la de "Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras; y el numeral 13 del mismo cuerpo legal establece: "Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios."
Que, el Art. 270 de la Constitución de la República del Ecuador señala que.- "Los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad."
Que, el Art. 55 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, señala: "Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas y sin perjuicio de otras que determine la ley:
e).- Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras"
m).- Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios."
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 264 de la Constitución de la República, en concordancia con el Art. 55 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización;
Expide: la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COBRO DE INSPECCIONES Y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO A LOCALES COMERCIALES EN EL CANTON ARAJUNO
VALORES DE ACUERDO
A LA ACTIVIDAD POR RIESGO
-
Bajo Riesgo;
-
Mediano Riesgo;
-
Alto Riesgo; y.
-
Especiales.
-
Pequeños.- Estos locales no deben superar los 200m2 de área útil.
-
Medianos.- Estos locales no deben superar los 500m2 de área útil.
-
Grandes.- Todos aquellos que superen los 500 m2 de área útil.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba