Ordenanzas Municipales. Cantón Arenillas: Que expide la primera reforma a la Ordenanza que reglamenta la planificación, tránsito y transporte terrestre de triciclos motorizados, tricimotos, mototaxis

Número de Boletín823
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Edición Especial Nº 823 - Registro Ocial
2
Martes 11 de abril de 2023
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN ARENILLAS
CONCEJO CANTONAL
ADMINISTRACIÓN 2019-2023
1
LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
PLANIFICACIÓN, TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DE TRICICLOS
MOTORIZADOS, TRICIMOTOS, MOTOTAXIS EN EL CANTÓN ARENILLAS,
PROVINCIA DE EL ORO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El crecimiento constante de nuestro cantón, avanza a la par que la sociedad en
su conjunto, permanece en continua evolución, dado a las múltiples neces idades
y requerimientos obligatorios para su convivencia y desarr ollo de sus
necesidades.
Una de las variantes para este constante creci miento, es sin lugar a duda la
oferta y demanda urbanística que se ha desarrollado en nuestro cantón, razón
por la cual
se hace necesario, crear alternativas de solución, a objeto d e procurar el
desarrollo amónico y organizado de nuestra población y garantizar el transporte
público como
derecho al buen vivir ciudadano, consagrado en la constitución de la República
del Ecuador.
En este contexto cabe mencionar que, articulo 57 literal a) del Código Orgánico
de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, faculta a los
gobiernos municipales la reg ulación interna a través de la emisión de
ordenanzas, acuerdos y resoluciones, motivo más que suficiente para poder
reformar la ordenanza en cuestión y por ser necesario la organización del
transporte alternativ o excepcional en la jurisdicción cantonal; en concordancia
con el artículo 130 del mismo cuerpo legal que permite el ejercicio de la
competencia de tránsito y transporte a los gobiernos municipales, en el marco
del plan de ordenamiento territorial de cada circunscri pción, otorgada por el
Consejo Nacional de Competencias mediante Resolución N° 006-CNC-2012,
publicada en el Registro Oficial N° 712 de 29 de mayo de 2012, que transfir ió la
competencia para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre
y la seguridad vial, a favor de los gobiernos autónomos descentralizados
metropolitanos y municipales.
Ahora bien, el Consejo Nacional de Competencias mediante reso lución N.º 0003-
CNC-2015, de 22 de septiembre de 2014, publicada en el Suplemento del
Registro Oficial N.º 363 de martes 28 de octubre de 2014, manifiesta en su Art.
1 que se ratifica la competencia de planificar, regular y controlar el tránsito y
transporte terrestre público dentro del territorio cantonal a favor de los gobiernos
autónomos descentralizados metropolitanos y municipales, fue transferida de
manera obligatoria y definitiva, contemplando modelos de gestión diferenc iados
y cronogramas de imple mentación, mediante la Resolución Nº 006-CNC-2012
de fecha 26 de abril de 2012 publicada en el Suplemento del Registro Oficial N.º

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