Ordenanzas Municipales. Cantón Atahualpa: Que expide la primera reforma a la Ordenanza que regula el monto de la jubilación patronal de los trabajadores del GADM de Atahualpa

Número de Boletín26
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 27 de agosto de 2019 – 45Registro O cial Nº 26
la Municipalidad, sin perjuicio de su aplicación antes de
su publicación en el Registro O cial, toda vez que los
valores de carácter tributario no han sido modi cados en
esta Ordenanza
Dada y rmada en la sala de sesiones del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado del
cantón Atahualpa, a los dos días del mes de julio de 2019.
f.) Ing. Bismark Ruilova Reyes, Alcalde del cantón
Atahualpa.
f.) Abg. Silvana Tinoco Blacio, Secretaria del Concejo
Municipal.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN.- Paccha 02 de julio
de 2019, la presente ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
DE REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES O
DIFERENCIAS DE TERRENOS DE PROPIEDAD
PRIVADA, PROVENIENTES DE ERRORES DE
CÁLCULO O DE MEDIDAS, EN LOS SECTORES
URBANO Y RURAL DEL CANTÓN ATAHUALPA, fue
debidamente analizada, discutida y aprobada por el Pleno
del Concejo Cantonal, en dos sesiones ordinarias distintas
celebradas los días: 25 de junio y 02 de julio de 2019,
de conformidad a lo que establece el inciso tercero del
Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización COOTAD, habiendo sido
aprobada de nitivamente el 02 de julio de 2019. LO
CERTIFICO.
f.) Abg. Silvana Tinoco Blacio, Secretaria del Concejo
Municipal.
NOTIFICACIÓN: En la ciudad de Paccha, cantón
Atahualpa, a los tres días del mes de julio de 2019, a
las 09h40.- De conformidad con lo dispuesto en el Art.
322 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, se eleva a conocimiento
del señor Alcalde del cantón, para su correspondiente
sanción u observación dentro del término de Ley, en tres
ejemplares que contiene la ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
DE REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES O
DIFERENCIAS DE TERRENOS DE PROPIEDAD
PRIVADA, PROVENIENTES DE ERRORES DE
CÁLCULO O DE MEDIDAS, EN LOS SECTORES
URBANO Y RURAL DEL CANTÓN ATAHUALPA.- LO
CERTIFICO.-
f.) Abg. Silvana Tinoco Blacio, Secretaria del Concejo
Municipal.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN
ATAHUALPA.- A los tres días del mes de julio de dos
mil diecinueve, a las 09h40, VISTO: De conformidad a lo
establecido en los Arts. 322 y 324 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, y una vez que se ha dado cumplimiento con
las disposiciones legales y la Constitución de la República
del Ecuador- SANCIONO.- la presente “ORDENANZA
SUSTITUTIVA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN
ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACIÓN DE
EXCEDENTES O DIFERENCIAS DE TERRENOS
DE PROPIEDAD PRIVADA, PROVENIENTES DE
ERRORES DE CÁLCULO O DE MEDIDAS, EN LOS
SECTORES URBANO Y RURAL DEL CANTÓN
ATAHUALPA” la misma que fue aprobada en primer
debate por el Pleno del Concejo Cantonal de Atahualpa
con fecha 25 de junio de 2019 y posteriormente en segundo
debate aprobada por el Concejo Cantonal de Atahualpa
con fecha 02 de julio de 2019; por lo que dispongo su
promulgación y publicación en la Gaceta O cial, en la
página Web municipal, y en el Registro O cial.- Cúmplase
y Publíquese.- Posterior a su promulgación se remitirá
en archivo digital las gacetas o ciales a la Asamblea
Nacional.
f.) Ing. Bismark Ruilova Reyes, Alcalde del cantón
Atahualpa.
CERTIFICO: Que, el señor Ing. Bismark Ruilova
Reyes, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado
del Cantón Atahualpa, proveyó, sancionó y ordenó su
publicación de la presente Ordenanza a los tres días del
mes de julio del año dos mil diecinueve.
Paccha, 03 de julio de 2019.
f.) Abg. Silvana Tinoco Blacio, Secretaria del Concejo
Municipal.
EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN ATAHUALPA
Considerando:
Que, el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de
nuestra República, determina que: “Todas las personas
son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y
oportunidades”;
Que, el artículo 37 de la Constitución establece garantías
especiales a las personas adultas mayores. - Numeral 3
“La jubilación universal”
Que, el artículo 238 de nuestra Constitución prevé que
“Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán
de autonomía política, administrativa y nanciera, y se
regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad,
(…)”;
Que, el artículo 8 del Mandato Constituyente No. 2,
publicado en el Suplemento del Registro O cial No.
261 del 28 de enero de 2008, reconoce a los trabajadores
del sector público el derecho a indemnizaciones o
boni caciones por terminación de cualquier tipo de
relación individual de trabajo.
Que, corresponde al Gobierno Autónomo Descentralizado
del cantón Atahualpa, contar con una administración
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