Ordenanzas Municipales. Cantón Azogues: Para la disminución de plásticos de un solo uso

Número de Boletín568
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 13 de mayo de 2020 – 29Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 568
ILUSTRE
MUNICIPALIDAD
DE
AZOGUES
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
Según
datos
del
Programa
de
las
Naciones
Unidas
para
el
Medio
Ambiente
(PNUMA),
al
menos
8
millones
de
toneladas
de
plástico
van
a
parar
a
los
mares
cada
año.
El
uso
cotidiano
de
productos
de
plástico
que,
en
promedio
no
son
utilizados
más
de
20
minutos
y
que
no
son
reciclados,
ha
convertido
a
la
contaminación
por
plástico
en
uno
de
los
mayores
problemas
ambientales
de
la
actualidad.
La
misma
organización
en
su
estudio
"SINGLE-USE
PLASTICS:
A
.Roadmap
for
Sustainability",
establece
que
desde
los
años
50's
la
producción
de
plástico
ha
superado
a
la
producción
de
otros
materiales,
gran
parte
de
esta
producción
está
diseñada
para
un
solo
uso
provocando
así
que
el
usuario
deseche
el
plástico
después
de
su
primer
uso,
lo
que
ha
provocado
que
el
50%
de
los
desechos
de
plástico
sean
de
envases.
América,
Japón
y
la
Unión
Europea
son
consideradas
como
los
mayores
productores
de
residuos
plásticos
de
envases
a
nivel
mundial.
Solo
el
9%
del
plástico
que
se
ha
producido
hasta
la
actualidad
ha
sido
reciclado
evidenciando
nuestra
falta
de
conciencia
ante
este
problema
que
crece
cada
día
el
cual
para
el
2050
significará
12
mil
millones
de
toneladas
de
basura
plástica
en
los
vertederos
y
el
medio
ambiente;
pudiendo
con
estos
datos
representar
el
20%
del
consumo
del
petróleo
para
la
industria
plástica.
Las
estadísticas
del
PNUMA
indican
que
el
ritmo
de
consumo
desmedido
de
estos
productos
causará
que,
para
2050,
los
océanos
tengan
más
desechos
plásticos
que
peces.
El
desecho
de
estos
productos,
que
tardan
alrededor
de
200
años
en
degradarse,
contamina
el
ambiente
causando
la
muerte
de
millones
de
aves
y
mamíferos
marinos
al
ser
atrapados
o
por
ingesta.
Los
productos
plásticos
no
son
biodegradables
en
un
corto
plazo,
algunos
de
ellos
se
descomponen
en
pequeñas
fracciones
plásticas
(micro-plásticos)
los
cuales
pueden
ser
ingeridos
por
los
humanos
y
animales
sin
percibirlo.
Estos
residuos
no
se
descomponen,
por
ejemplo
la
espuma
de
poliestireno
expandido
(espuma
flex)
requiere
1000
años
para
descomponerse.
Por
otro
lado,
existe
evidencia
de
la
presencia
de
micro
plásticos
en
el
agua
embotellada
e
incluso
en
la
sal
marina
que
se
consume
en
el
mundo.
Por
su
parte
los
productos
de
poliestireno
expandido,
contienen
sustancias
tóxicas
y
carcinogénicas
como
el
estireno
y
el
benceno,
químicos
que
pueden
generar
graves
afectaciones
a
la
salud.
Estos
químicos
pueden
ser
transferidos
desde
los
recipientes
hacia
los
alimentos
y
bebidas
y
así
ser
ingeridos
por
los
consumidores.
Más
de
60
países
han
impuesto
prohibiciones
o
gravámenes
al
uso
de
envases
plásticos
demostrando
que
a
nivel
mundial
la
alerta
ya
se
manifiesta.
Por
lo
30 – Miércoles 13 de mayo de 2020 Edición Especial Nº 568 – Registro Of‌i cial
expuesto
es
importante
que
los
gobiernos
locales
y
nacionales
implementen
estrategias
y
normativas
que
efectúen
un
cambio
de
cultura
en
relación
al
uso
indiscriminado
de
plásticos
de
un
solo
uso.
En
Ecuador,
el
Ministerio
del
Ambiente
(MAE)
ha
señalado
que
alrededor
de
1500
millones
de
fundas
plásticas
tipo
camiseta
son
utilizadas
por
año
en
el
país,
el
equivalente
a
alrededor
de
130
fundas
tipo
camiseta
por
persona.
Solo
5
de
cada
10
fundas
son
reutilizadas
por
una
única
vez
y
luego
son
desechadas
al
igual
sorbetes,
botellas,
vajillas
y
cubiertos
plásticos.
En
el
cantón
Azogues,
actualmente
se
generan
45.6
ton/día
de
desechos
domiciliarios,
con
una
proyección
para
el
2030
de
53.88
ton/día
de
desechos
de
acuerdo
al
registro
de
desechos
obtenido
en
el
relleno
sanitario.
La
caracterización
de
los
desechos
de
Azogues
realizada
en
el
año
2018
determina
la
composición
de
desechos
sólidos
en
un
porcentaje
de
plásticos
de
9.82
%
en
peso.
En
ese
contexto,
con
la
finalidad
de
contribuir
de
manera
efectiva
y
eficaz
al
cuidado
del
ambiente,
es
fundamental
que
el
GAD
Municipal
de
Azogues
se
sume
a
las
campañas
y
acciones
mundiales
para
desincentivar
el
uso
de
estos
elementos
a
través
de
prohibiciones
a
la
entrega
de
ciertos
productos
plásticos
de
un
solo
uso
o
desechables.
EL
ÓRGANO
LEGISLATIVO
DEL
GOBIERNO
AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL
DEL
CANTÓN
AZOGUES
CONSIDERANDO:
Que,
la
Constitución
de
la
República
del
Ecuador
en
su
artículo
14
consagra
"(...)
el
derecho
de
la
población
a
vivir
en
un
ambiente
sano
y
ecológicamente
equilibrado,
que
garantice
la
sostenibilidad
y
el
buen
vivir,
sumak
kawsay;
Se
declara
de
interés
público
la
preservación
del
ambiente,
la
conservación
de
los
ecosistemas,
la
biodiversidad
y
la
integridad
del
patrimonio
genético
del
país,
la
prevención
del
daño
ambiental
y
la
recuperación
de
los
espacios
naturales
degradados.
Que,
el
artículo
15
de
la
Constitución
de
la
República
del
Ecuador
señala
que
"el
Estado
promoverá,
en
el
sector
público
y
privado,
el
uso
de
tecnologías
ambientalmente
limpias
y
de
energías
alternativas
no
contaminantes
y
de
bajo
impacto.
"

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