Cantón Balsas: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta el servicio de agua potable

Número de Boletín860-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición27 de Julio de 2012

EL ILUSTRE CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN BALSAS

Considerando:

Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 238 y el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en sus artículos 1 y 5 consagran la autonomía de los gobiernos autónomos descentralizados;

Que de conformidad con el literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización al concejo le corresponde el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas, acuerdos y resoluciones.

Que el cobro por servicio de agua potable debe hacerse de forma equitativa entre los usuarios.

Que el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Balsas, Provincia de El Oro, en uso de sus atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización

Expide:

La siguiente Reforma a la ordenanza que reglamenta el servicio de agua potable dentro del cantón Balsas.

Art. 1.- En el Art. 18, en la tabla para el cobro por consumo de agua potable agréguese en el excedente USD. 0,0006; 0,0008; y, 0,0012 del SBU por cada m3, del consumo mensual: doméstico, comercial e industrial en su orden.

CONSUMO MENSUAL TARIFA BASICA EXCEDENTE por cada m3
Base 20 m3
Doméstico 0,006 del SBU 0,0006 del SBU
Comercial 0,008 del SBU 0,0008 del SBU
Industrial 0,012 del SBU 0,0012 del SBU

Dado y firmado en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Balsas, a los 27 días del mes de julio del dos mil doce.

f.) Sr. Silverio Maldonado Zosoranga, Alcalde del Cantón Balsas.

f.) Téc. Sup. Aydé Pereira Gallardo Secretaria del Concejo.

CERTIFICO: Que la REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE DENTRO DEL CANTÓN BALSAS fue debidamente discutida y aprobada por el Concejo Municipal del cantón Balsas, en dos sesiones distintas, celebradas el veinte y el veintisiete de julio del dos mil doce de conformidad a lo que dispone el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, habiendo sido aprobada definitivamente en la sesión del viernes veintisiete de julio del 2012

f.) Téc. Sup. Aydé Pereira Gallardo, Secretaria del Concejo.

SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BALSAS.- En la ciudad de Balsas, a los treinta días del mes de julio del año dos mil...

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