Ordenanzas Municipales. Cantón Balsas: Que reglamenta la administración y regulación del servicio de agua potable, establecimiento de la estructura tarifaria, yfijación de la tasa por el servicio

Número de Boletín1014
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 3 de mayo de 2017 – 7Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 1014
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Estarán exentos de la aplicación de la presente
Ordenanza los eventos que el gobierno autónomo
descentralizado municipal de Antonio Ante y los gobiernos
autónomos descentralizados parroquiales rurales organicen
por interés cantonal y parroquial, debidamente motivados
y justif‌i cados.
Segunda.- Considérase reforma de la presente Ordenanza a
la letra que se entrega en tipo cursiva y en negrita constante
en los incisos primero y segundo del Artículo 38, ref‌i érase a
Espacios Permanentes, y créase la Disposición Transitoria
Tercera.
Tercera.- Que la Dirección de Planif‌i cación Territorial en
conjunto con la Comisaría Municipal elaboren y planif‌i quen
la determinación sobre la ocupación del espacio público
de todas las cooperativas y compañías de transporte
legalizadas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.- Deróganse todas las ordenanzas y más disposiciones
legales que se le pongan a la presente Ordenanza.
DISPOSICION FINAL
Única.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir de la aprobación del Concejo en Pleno y legalmente
sancionada por el Ejecutivo del GADM-AA, sin perjuicio
de la publicación en el Registro Of‌i cial, Gaceta Of‌i cial y
Dominio Web institucional; Publicase en los tres medios de
comunicación citados.
Dada y f‌i rmada en el Pleno de la Sala de Sesiones del Con-
cejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado de
Antonio Ante, a los once días del mes de abril de 2017.
f.) Msc. Fabián Efrén Posso Padilla, Alcalde del GADM-
AA.
f.) Abg. Ma. Esther Espinosa Prado, Secretaria General del
Concejo.
RAZÓN: Ab. María Esther Espinosa Prado, Secretaria
General del Concejo Municipal de Antonio Ante,
CERTIFICA: que LA PRIMERA REFORMA A LA
ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA LA
OCUPACIÓN DE BIENES Y USO DEL ESPACIO
PÚBLICO fue discutida y aprobada en las Sesiones
Ordinarias del 06 y 11 de abril del año dos mil diez y siete, en
primer y segundo debate respectivamente; siendo aprobado
su texto en la última fecha; el mismo que es enviado al
señor Alcalde, Msc. Fabián Efrén Posso Padilla; en tres
ejemplares para la sanción u observación correspondiente
de conformidad al Artículo 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Antonio Ante, a los trece días del mes de abril del año dos
mil diez y siete.
f.) Abg. María Esther Espinosa Prado, Secretaria General
del Concejo del GADM-AA.
Msc. Fabián Efrén Posso Padilla, ALCALDE DE
ANTONIO ANTE.- Al tenor del cuarto inciso del Artículo
Autonomía y Descentralización, por haberse cumplido
el procedimiento establecido en el mencionado Código
Orgánico, SANCIONO expresamente LA PRIMERA
REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE
REGULA LA OCUPACIÓN DE BIENES Y USO DEL
ESPACIO PÚBLICO y dispongo su promulgación para
conocimiento de la colectividad Anteña.- Atuntaqui, a los
trece días del mes de abril del año dos mil diez y siete.
f.) Msc. Fabián Posso Padilla, Alcalde del GADM-AA.
CERTIFICACIÓN: La Secretaría General del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado de
Antonio Ante certif‌i ca que el Msc. Fabián Efrén Posso
Padilla, Alcalde del GADM-AA sancionó LA PRIMERA
REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE REGULA LA OCUPACIÓN DE BIENES Y USO
DEL ESPACIO PÚBLICO, en la fecha antes señalada,
ordenándose su ejecución y publicación en el Registro
Of‌i cial, Gaceta Of‌i cial, y Dominio Web Institucional. Lo
certif‌i co, Atuntaqui, a los trece días del mes de abril del año
dos mil diez y siete.
f.) Abg. María Esther Espinosa Prado, Secretaria General
del Concejo del GADM-AA.
CERTIFICO: Que el documento que antecede es f‌i el copia
del original que reposa en los archivos de la Secretaría
General de Concejo Municipal del Gobierno Autónomo
Descentralizado de Antonio Ante
Atuntaqui, 17 de abril de 2017.
f.) Abg. María Esther Espinosa Prado, Secretaria General
del Concejo.
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL
DELCANTÓN BALSAS
Considerando:
Que, la Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza Reformatoria
que Reglamenta el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado
dentro del cantón Balsas, fue publicada en el Registro
Of‌i cial N°. 669, de fecha 26 de marzo de 2012.
Territorial Autonomía y Descentralización en sus artículos
1 y 5 consagran la autonomía de los gobiernos autónomos
descentralizados;
264 numeral 5, determina la potestad de los gobiernos
municipales de crear, modif‌i car o suprimir mediante
ordenanzas, tasas y contribución especial de mejoras;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR