Ordenanzas Municipales. Cantón Baños De Agua Santa: Que Expide La Primera Reforma A La Ordenanza Que Establece El Régimen Administrativo De Regularización De Excedente O Diferencias De Superfi Cies De Terreno Urbano Y Rural, Provenientes De Errores De Cálculo O Medidas

Número de Boletín96
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
6 – Martes 10 de octubre de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 96
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- El balneario Santa Clara, brindará atención
exclusiva a los estudiantes de las diversas instituciones
educativas del cantón, los días miércoles, jueves y viernes
de cada semana en horario de 08h00 a 13h00. Para lo cual
el administrador dispondrá de una persona para el cuidado
del balneario.
Segunda.- Los espacios destinados a bar, cafetería de
todos los balnearios municipales serán otorgados mediante
contrato administrativo de arrendamiento, para lo cual se
procederá conforme la normativa legal vigente.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA.- Hasta que se derroquen las instalaciones del
balneario la Virgen, el mismo seguirá funcionando en base
a los horarios y tarifas vigentes hasta la presente fecha.
SEGUNDA.- Corresponde a la Jefatura de Recursos y
Talento Humano agregar en el Plan Institucional de Talento
Humano la creación la Jefatura de Balnearios, hasta tanto
la administración de los mismos continuará a cargo de la
Dirección Administrativa del GADBAS.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
PRIMERA.- Deróguese la Ordenanza que reglamenta los
horarios de funcionamiento y regula el cobro del ingreso
a los Balnearios Municipales del cantón Baños de Agua
Santa, aprobada por el Concejo Municipal el 7 de mayo del
2015.
DISPOSICION FINAL
Al amparo de lo claramente normado en el Art. 324 del
y Descentralización –COOTAD-, la presente ordenanza
entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Baños de Agua
Santa, el 28 de septiembre del 2017.
f.) Mgs. Marlon Fabricio Guevara Silva, Alcalde del cantón.
f.) Abg. Lourdes Sánchez, Secretaria de Concejo, Enc.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN.- Baños de Agua
Santa, octubre 02 de 2017. CERTIFICO: Que la
ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA
QUE REGLAMENTA LOS HORARIOS DE
FUNCIONAMIENTO Y REGULA EL COBRO DEL
INGRESO A LOS BALNEARIOS MUNICIPALES DEL
CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA, de conformidad
con lo dispuesto en el Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
fue conocida, discutida y aprobada por el Concejo Municipal
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Baños de Agua Santa, en sesiones realizadas los
días lunes 28 de agosto de 2017 en primer debate y el jueves
28 de septiembre de 2017 en segundo y def‌i nitivo debate.
Lo certif‌i co.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA.- A los dos
días del mes de octubre de 2017 a las 09h30.- Vistos: De
conformidad con el inciso cuarto del Art. 322 del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, enviase tres ejemplares de la presente
Ordenanza, ante el señor Alcalde para su sanción y
promulgación.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
BAÑOS DE AGUA SANTA.- A los dos días del mes
de octubre de 2017, a las 15H00.- De conformidad con
las disposiciones contenidas en el Art. 322 del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, habiéndose observado el trámite legal y
por cuanto la presente Ordenanza está de acuerdo con la
Constitución y demás Leyes de la República. SANCIONO
para que entre en vigencia, a cuyo efecto y de conformidad
Autonomía y Descentralización se publicará en el Registro
Of‌i cial, la gaceta of‌i cial y el dominio web de la Institución.
f.) Mgs. Marlon Fabricio Guevara Silva, Alcalde del cantón.
Proveyó y f‌i rmó la ORDENANZA SUSTITUTIVA
A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LOS
HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO Y REGULA
EL COBRO DEL INGRESO A LOS BALNEARIOS
MUNICIPALES DEL CANTÓN BAÑOS DE AGUA
SANTA, el Mgs. Marlon Fabricio Guevara Silva, Alcalde
del Cantón Baños de Agua Santa.
Baños de Agua Santa, octubre 02 de 2017.
Lo certif‌i co.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
BAÑOS DE AGUA SANTA
Considerando:
Que, el Art. 66 numeral 26 de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce el derecho a la propiedad
en todas sus formas, con función y responsabilidad social
y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se hará
efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras
medidas;
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