Ordenanzas Municipales. Cantón Calvas: Sustitutiva Que Regula La Administración, Funcionamiento Y Uso De La Terminal Terrestre Municipal De Transporte Terrestre De Pasajeros “monseñor Santiago Fernández García De Cariamanga”

Número de Boletín53
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 3 de agosto de 2017 – 11Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 53
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Para el cobro de las contribuciones especiales
de mejoras, en los casos no previstos en esta ordenanza la
funcionaria o funcionario recaudador respectivo o quien
haga sus veces se remitirá a lo dispuesto en el Capítulo V de
las contribuciones especiales de mejoras de los gobiernos
municipales y metropolitanos, Art. 569 y subsiguientes del
Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía
y Descentralización.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
PRIMERA.- Deróguese todas las disposiciones que se
opongan y que sean contrarias a esta Ordenanza; así como
todas las resoluciones y disposiciones que sobre esta
materia se hubieren aprobado anteriormente.
DISPOSICION FINAL
PRIMERA.- La presente ordenanza entrará en vigencia
a partir de su sanción, sin perjuicio de su posterior
publicación en el Registro Of‌i cial, la Gaceta Municipal y
página web de la Institución.
Dada en la Sala de Sesiones del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Calvas, a los
veintitrés días del mes de mayo del año 2017.
f.) Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del cantón
Calvas.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS.-
Que la “ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
APLICACIÓN, COBRO Y EXONERACIÓN DE
LAS TASAS, TARIFAS Y CONTRIBUCIONES
ESPECIALES DE MEJORAS EN EL CANTÓN
CALVAS, PROVINCIA DE LOJA”, fue conocida,
discutida y aprobada en dos debates, los mismos que se
llevaron a cabo en la sesión ordinaria de fecha jueves 18 de
Mayo del 2017, y sesión ordinaria de fecha veintitrés días
del mes de mayo del 2017.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS.-
Cariamanga, a los veinticinco días del mes de mayo
del 2017, a las 08H05, conforme lo dispone el art. 322
Territorial, Autonomía y Descentralización, se remite
la presente “ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA APLICACIÓN, COBRO Y EXONERACIÓN
DE LAS TASAS, TARIFAS Y CONTRIBUCIONES
ESPECIALES DE MEJORAS EN EL CANTÓN
CALVAS, PROVINCIA DE LOJA”, Al señor Alcalde
del Cantón Calvas, para su sanción en tres ejemplares,
en vista de haberse cumplido con los requisitos legales
correspondientes.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
ALCALDÍA DEL CANTÓN CALVAS.- SANCIÓN.-
Cariamanga, a los veinticinco días del mes de mayo del
año 2017; siendo las 14H00 en uso de la facultad que me
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
sanciono favorablemente la “ORDENANZA QUE
REGLAMENTA LA APLICACIÓN, COBRO Y
EXONERACIÓN DE LAS TASAS, TARIFAS Y
CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE MEJORAS
EN EL CANTÓN CALVAS, PROVINCIA DE LOJA”.
f.) Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
ALCALDÍA DEL CANTÓN CALVAS.-
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.- Cariamanga,
a los veinticinco días del mes de mayo del año 2017,
siendo las 15H10 en uso de la facultad que me conf‌i ere
Territorial, Autonomía y Descentralización, autorizo la
promulgación de “ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA APLICACIÓN, COBRO Y EXONERACIÓN
DE LAS TASAS, TARIFAS Y CONTRIBUCIONES
ESPECIALES DE MEJORAS EN EL CANTÓN
CALVAS, PROVINCIA DE LOJA””, Publíquese la
Ordenanza en el Registro Of‌i cial Municipal y página web
del Municipio de Calvas y Registro Of‌i cial del Ecuador.
f.) Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS.-
Cariamanga, a los veinticinco días del mes de mayo del
2017, a las 15H15.- Proveyó y f‌i rmó los decretos que
anteceden el Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del
Cantón Calvas.- Lo certif‌i co.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Calvas.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN CALVAS
Considerando:
Que, el Art. 37 de nuestra Constitución nos dice:El Estado
garantizará a las personas adultas mayores entre otros, “el
derecho a rebajas en los servicios públicos y en servicios
privados de transporte y espectáculos”.
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