Ordenanzas Municipales. Cantón Cañar: Que regula la quema de los monigotes y años viejos

Número de Boletín583
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN CAÑAR CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el art. 264. numeral 2. establece que una de las competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, es la de "Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo del cantón"

Que, el Art. 395, inciso segundo del Código Orgánico de Organización Territorial. Autonomía y Descentralización (COOTAD). Establece que; los gobiernos autónomos descentralizados tienen plena competencia para establecer sanciones administrativas mediante acto normativo, para su juzgamiento y para hacer cumplir la resolución dictada en ejercicio de la potestad sancionadora, siempre en el ámbito de sus competencias y respetando las garantías del debido proceso contempladas en la Constitución de la República.

Que, el Art. 396, del COOTAD. Principio de proporcionalidad.- En la normativa del régimen sancionador así como en la imposición de sanciones se deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerándose especialmente los siguientes criterios para la gradación de la sanción a aplicar;

  1. La trascendencia social y el perjuicio causado por la infracción cometida;

  2. El grado de intencionalidad;

  3. La reiteración o...

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