Ordenanzas Municipales. Cantón El Carmen: Que expide la primera reforma a la Ordenanza de administración, mantenimiento y funcionamiento del terminal terrestre provisional municipal

Número de Boletín1469
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 8 de enero de 2021 Edición Especial Nº 1469 - Registro Ocial
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Pág. 1
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE
EL CARMEN
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 240, de la Constitución de la República del Ecuador, sintetiza que los gobiernos autónomos
descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades
legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 264, numeral 6, confiere a los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Municipales, la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte
público dentro de su territorio cantonal;
Que, la Ley Orgánica del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su Art. 61, inciso segundo,
establece que todos los vehículos de transporte de pasajeros que cuenten con el respectivo título habilitante
otorgado por la Agencia Nacional de Regulación de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y por el
organismo competente deberán ingresar a los terminales terrestres de las respectivas ciudades para tomar
o dejar pasajeros;
Que, el literal f) del Art. 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
prescribe que: “Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes
competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: […] f) Planificar, regular y controlar el
tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal”;
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de El Carmen, con fecha veintiséis de diciembre del
dos mil diecinueve, aprobó la Ordenanza de Administración, Mantenimiento y Funcionamiento del Terminal
Terrestre Provisional Municipal del cantón El Carmen, misma que fuera publicada en el Registro Oficial,
Edición Especial Nro. 262 del martes veintiuno de enero del dos mil veinte; y,
En uso de sus facultades y atribuciones contenidas en el artículo 57 del Código Orgánico de Organización
Territorial Autonomía y Descentralización, EXPIDE la:
PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DE ADMINISTRACION, MANTENIMIENTO Y
FUNCIONAMIENTO DEL TERMINAL TERRESTRE PROVISIONAL MUNICIPAL DEL CANTÓN
EL CARMEN
Art. 1.-
Al finalizar el Art. 2,
agréguese la siguiente frase: “de conformidad a lo que establece la
Constitución y
las Leyes vigentes”.
Art. 2.- En el Art. 3, luego de la frase “tercer nivel” elimínese la frase “con título académico en el área
administrativa o afines” y agréguese la frase “y experiencia en administración”.
Art. 3.-
Sustitúyase el texto literal h) del A rt. 4 por el siguiente:
Literal h) Presentar informes de manera
diaria a la Dirección Financiera, sobre los ingresos que genera el Terminal Terrestre Provisional Municipal.
Art. 4.-
Sustitúyase el texto del Art. 7 por el siguiente:
Art. 7.- Se establece de manera obligatoria la
ocupación de la Terminal Terrestre Provisional Municipal para las operadoras de transporte que cuenten

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