Cantón El Carmen: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza que regula el funcionamiento y determinación de costos de arrendamiento de locales del centro comercial popular

Fecha de publicación23 Diciembre 2020
Número de Gaceta356
40 – Miércoles 23 de diciembre de 2020 Registro Ocial Nº 356
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EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE EL CARMEN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, en vigencia, establece y
garantiza que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y financiera y que constituyen gobiernos autónomos descentralizados, entre
otros, los concejos municipales.
Que, el artículo 240 de la Carta Magna garantiza facultades legislativas y ejecutivas en el ámbito
de sus competencias y jurisdicciones territoriales a los gobiernos autónomos descentralizados
cantonales.
Que, se encuentra en vigencia el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD) publicado en el suplemento del Registro Oficial Nº 303 del día
19 de Octubre del 2010.
Que, el artículo 28 de la antes referida ley, garantiza y reconoce la calidad de Gobierno
Autónomo Descentralizado a los Cantones y el artículo 29 de la misma ley establece como una
de las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados la de legislación, normatividad
y fiscalización;
Que, los artículos 7 y 57 literal a) del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía
y Descentralización, referente a la facultad normativa, expresa que para el pleno ejercicio de
sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a
los concejos municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de
ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial, para lo
cual observará la Constitución y la ley.
Que, el artículo 53 del COOTAD, manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados
municipales son personas jurídicas con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán
integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva
previstas en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.
Que, es atribución del Concejo Municipal, de conformidad con el Artículo 57 letra y),
reglamentar los sistemas mediante los cuales ha de efectuarse la recaudación e inversión de las
rentas municipales;
Que, con fecha 27 de enero del 2017, en el Registro Oficial No. 859, Edición Especial, se
publicó la Ordenanza que Regula el Funcionamiento y Determinación de Costos de
Arrendamiento de Locales del Centro Comercial Popular del GAD municipal de El Carmen;
Que, con fecha 19 de septiembre del 2019, en el Registro Oficial No. 72, Edición Especial, se
publicó la Primera Reforma a la Ordenanza que Regula el Funcionamiento y Determinación de
Costos de Arrendamiento de Locales del Centro Comercial Popular del GAD municipal de El
Carmen;

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