Ordenanzas Municipales. Cantón Cascales: Que expide la siguiente reforma a la Ordenanza sustitutiva que regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y establece el horario de funcionamiento de bares, discotecas, centros nocturnos y otros establecimientos en los que se comercialicen y consuman alimentos y bebidas alcohólicas

Número de Boletín521
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 4 de octubre de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 521
3
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cascales
Dir.: Av. Quito entre A zuayyB olívar
Telf.: (06) 2800 075 / 2 800 027 Fax: 062 800 211
E-mail: info@cascales.gob.ec www.cascales.gob.ec
Cascales Sucumbíos -Ecuador
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DELCANTÓN
CASCALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Al momento existe un problema de orden social relacionado con los propietarios
de los negocios que incumplen con el distanciamiento de los cien metros que los
mismos deben tener respecto de establecimientos públicos tales como
establecimientos de educación, hospitales, clínicas, centros de salud, iglesias,
parques.
Es necesario señalar que la Constitución de la República del Ecuador en su Art.
33 dispone: “El trabajo es un derecho yun deber social, y un derecho económico,
fuente de realización personal ybase de la economía. El Estado garantizará alas
personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones yretribuciones justas yel desempeño de un trabajo saludable y
libremente escogido oaceptado.”
Según indica el Arq. Tommy Hurtado, Analista de Planificación Urbana yRural en
su informe técnico de fecha 03 de febrerode 2022, se han dado varios
requerimientos de usuarios que están solicitando de los servicios de emisión de
certificado de uso de suelo para el funcionamiento de actividades comerciales y/o
turísticas, y en razón de aquello se debe aplicar la ordenanza que regula ynorma
el uso del suelo, seguridad, protección ambiental, control sanitario, incendios ylas
especiales contenidas en la mencionada ordenanza.
Concluye en su informe sugiriendo NO emitir CERTIFICADOS DE USO DE
SUELO hasta tener una autorización de parte de la autoridad sustentada en una
Resolución de Concejo similar ala Resolución de Concejo No. 0203-SG-
GADMC-SG-2020, de fecha 08 de diciembre del 2020, misma que feneció en el
año 2021.
Cabe aclarar que através de una resolución de Concejo no se puede modificar
una ordenanza, partiendo del principio de la supremacía constitucional
consagrada en los Art.424 y425 de la Carta Fundamental, de allí que es de suma
importancia implementar una reforma ala mencionada ordenanza, aefecto de
solucionar este problema social.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE CASCALES
CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238 expresa: Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cascales
Dir.: Av. Quito entre A zuayyB olívar
Telf.: (06) 2800 075 / 2 800 027 Fax: 062 800 211
E-mail: info@cascales.gob.ec www.cascales.gob.ec
Cascales Sucumbíos -Ecuador
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DELCANTÓN
CASCALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Al momento existe un problema de orden social relacionado con los propietarios
de los negocios que incumplen con el distanciamiento de los cien metros que los
mismos deben tener respecto de establecimientos públicos tales como
establecimientos de educación, hospitales, clínicas, centros de salud, iglesias,
parques.
Es necesario señalar que la Constitución de la República del Ecuador en su Art.
33 dispone: “El trabajo es un derecho yun deber social, y un derecho económico,
fuente de realización personal ybase de la economía. El Estado garantizará alas
personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones yretribuciones justas yel desempeño de un trabajo saludable y
libremente escogido oaceptado.”
Según indica el Arq. Tommy Hurtado, Analista de Planificación Urbana yRural en
su informe técnico de fecha 03 de febrerode 2022, se han dado varios
requerimientos de usuarios que están solicitando de los servicios de emisión de
certificado de uso de suelo para el funcionamiento de actividades comerciales y/o
turísticas, y en razón de aquello se debe aplicar la ordenanza que regula ynorma
el uso del suelo, seguridad, protección ambiental, control sanitario, incendios ylas
especiales contenidas en la mencionada ordenanza.
Concluye en su informe sugiriendo NO emitir CERTIFICADOS DE USO DE
SUELO hasta tener una autorización de parte de la autoridad sustentada en una
Resolución de Concejo similar ala Resolución de Concejo No. 0203-SG-
GADMC-SG-2020, de fecha 08 de diciembre del 2020, misma que feneció en el
año 2021.
Cabe aclarar que através de una resolución de Concejo no se puede modificar
una ordenanza, partiendo del principio de la supremacía constitucional
consagrada en los Art.424 y425 de la Carta Fundamental, de allí que es de suma
importancia implementar una reforma ala mencionada ordenanza, aefecto de
solucionar este problema social.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE CASCALES
CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238 expresa: Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cascales
Dir.: Av. Quito entre A zuayyB olívar
Telf.: (06) 2800 075 / 2 800 027 Fax: 062 800 211
E-mail: info@cascales.gob.ec www.cascales.gob.ec
Cascales Sucumbíos -Ecuador
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DELCANTÓN
CASCALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Al momento existe un problema de orden social relacionado con los propietarios
de los negocios que incumplen con el distanciamiento de los cien metros que los
mismos deben tener respecto de establecimientos públicos tales como
establecimientos de educación, hospitales, clínicas, centros de salud, iglesias,
parques.
Es necesario señalar que la Constitución de la República del Ecuador en su Art.
33 dispone: “El trabajo es un derecho yun deber social, y un derecho económico,
fuente de realización personal ybase de la economía. El Estado garantizará alas
personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones yretribuciones justas yel desempeño de un trabajo saludable y
libremente escogido oaceptado.”
Según indica el Arq. Tommy Hurtado, Analista de Planificación Urbana yRural en
su informe técnico de fecha 03 de febrerode 2022, se han dado varios
requerimientos de usuarios que están solicitando de los servicios de emisión de
certificado de uso de suelo para el funcionamiento de actividades comerciales y/o
turísticas, y en razón de aquello se debe aplicar la ordenanza que regula ynorma
el uso del suelo, seguridad, protección ambiental, control sanitario, incendios ylas
especiales contenidas en la mencionada ordenanza.
Concluye en su informe sugiriendo NO emitir CERTIFICADOS DE USO DE
SUELO hasta tener una autorización de parte de la autoridad sustentada en una
Resolución de Concejo similar ala Resolución de Concejo No. 0203-SG-
GADMC-SG-2020, de fecha 08 de diciembre del 2020, misma que feneció en el
año 2021.
Cabe aclarar que através de una resolución de Concejo no se puede modificar
una ordenanza, partiendo del principio de la supremacía constitucional
consagrada en los Art.424 y425 de la Carta Fundamental, de allí que es de suma
importancia implementar una reforma ala mencionada ordenanza, aefecto de
solucionar este problema social.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE CASCALES
CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238 expresa: Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,

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