Cantón Cayambe: Para La Gestión Integral De Los Residuos Sólidos

Fecha de disposición05 Julio 2017
Fecha de publicación05 Julio 2017
Número de Gaceta30
Miércoles 5 de julio de 2017 – 41Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 30
Notif‌i cación: A los 21 días del mes de abril de 2017,
siendo las 16H30.- De conformidad con las disposiciones
contenidas en el Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
habiéndose observado el trámite legal y por cuanto la
presente ordenanza está de acuerdo con la Constitución y
leyes de la República.- Sanciono la presente Ordenanza y
promulgo para que entre en vigencia, a partir de la sanción,
su publicación en la gaceta of‌i cial, en el dominio Web de
la Municipalidad, sin perjuicio de su aplicación antes de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
f.) Dr. Exar Quezada Pérez., Alcalde del GAD del Cantón
Atahualpa
CERTIFICO: Que el Dr. Exar Quezada Pérez, Alcalde
del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón
Atahualpa, sanciono y promulgo la presente Ordenanza.
Paccha, 21 de abril del 2017.
f.) Abg. Víctor Hugo Carreño P., Secretario del GAD del
Cantón Atahualpa.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
INTERCULTURAL Y PLURINACIONAL DEL
MUNICIPIO DE CAYAMBE
Considerando:
República del Ecuador, en concordancia con lo s Arts. 1,
Autonomía y Descentralización, establecen que los
gobiernos autónomos descentralizados municipales gozarán
de autonomía política, administrativa y f‌i nanciera;
Territorial Autonomía y Descentralización, atribuyen al
Concejo Municipal, facultades legislativas en el ámbito de
sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
otorga a los gobiernos autónomos descentralizados
municipales, la competencia exclusiva en la prestación
de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado,
manejo de desechos sólidos, entre otros;
Territorial Autonomía y Descentralización, faculta a los
gobiernos municipales a crear, modif‌i car, exonerar o
suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones
especiales de mejoras por el establecimiento o ampliación
de servicios públicos que son de su responsabilidad;
Territorial Autonomía y Descentralización, faculta a las
municipalidades a aplicar las tasas retributivas de servicios,
siempre que su monto guarde relación con el costo de
producción de dichos servicios; entendiéndose como
costo de producción, el valor que resulte de aplicar reglas
contables de general aceptación. El monto de las tasas se
f‌i jará por ordenanza;
Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
faculta al concejo municipal a regular mediante ordenanza,
el cobro de la tasa por prestación del servicio de recolección
de basura y aseo público;
Que, mediante Registro Of‌i cial Suplemento No. 303 del 19
de octubre del año 2010, se publicó el Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
estableciéndose en la Disposición Transitoria Vigésimo
Segunda, que “En el período actual de funciones, todos
los órganos normativos de los gobiernos autónomos
descentralizados deberán actualizar y codif‌i car las normas
vigentes en cada circunscripción territorial “;
Que, el Art. 57 del Acuerdo Ministerial No. 061, que
reformar el Libro VI del Texto Unif‌i cado de Legislación
Secundaria del Ministerio del Ambiente, de la calidad
ambiental, estipula las Responsabilidades de los Gobiernos
Autónomos, Garantizarán el manejo integral de residuos y/o
desechos sólidos generados en el área de su competencia, ya
sea por administración o mediante contratos con empresas
públicas o privadas; promoviendo la minimización en la
generación de residuos y/o desechos sólidos, la separación
en la fuente, procedimientos adecuados para barrido
y recolección, transporte, almacenamiento temporal
de ser el caso, acopio y/o transferencia; fomentar su
aprovechamiento, dar adecuado tratamiento y correcta
disposición f‌i nal de los desechos que no pueden ingresar
nuevamente a un ciclo de vida productivo; además dar
seguimiento para que los residuos peligrosos y/o especiales
sean dispuestos luego de su tratamiento, bajo parámetros
que garanticen la sanidad y preservación del ambiente;
Que, es deber del Gobierno Autónomo Descentralizado
Intercultural y Plurinacional del Municipio de Cayambe,
velar por la salud de la comunidad, a f‌i n de propender a su
bienestar físico, mental y social; proveer de un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, a más de crear
conciencia ciudadana en materia de gestión integral de los
residuos sólidos;
Que, la gestión de los residuos sólidos debe ser considerada
en forma integral, desde la generación, clasif‌i cación,
barrido, recolección, disposición f‌i nal y tratamiento; y
debe ser realizada por la Dirección de Gestión Ambiental,
EMAPAAC- EP. y los GAD’s parroquiales, con
participación de la ciudadanía del Cantón;
Que, los gobiernos autónomos descentralizados, están
llamados a fortalecer su capacidad f‌i scal, a f‌i n de disponer
de mayores recursos económicos para la ejecución de
obras, prestación de servicios públicos que promuevan el
desarrollo integral del cantón;
rt. 238
el Ecua
ódigo Orgánico de Organiza
Descentralización, estab
os descentraliza
a, administra
OMO
L Y PLUR
Considerando
inciso primero de la Cons
ador, en concordancia
o Orgánico de Organización Ter
entralización, establecen que
ntralizados municipales goza
f‌i
A
o:
nciso primero de la Co
dor, en concorda
ÓNOM
RAL
NIC
8 inciso primero de la Constitu
cuador, en concordancia con lo s
Orgánico de Organización T
L
EL
DO
de
se
ón de l
gen
en
p
úblic
erac
or
as o
sól
adm
pr
ara
ólidos g
nistr
a la
ntizar
st
s R
án
erio d
Respon
M
Texto U
el
inister
nif‌i c
or
ria
1,
oria
s
p
dis
re
e ser
ovec
fue
colecc
el
de r
ente, p
ión
da
siduos
ro
ión o m
prom
sy
os en e
media
manej
el área

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR