Ordenanzas Municipales. Cantón Célica- Que reforma a la Ordenanza que crea la Empresa Pública Municipal de Información y Comunicación “EPMINCOCE-EP”
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2023 |
Emisor | Ordenanzas Municipales |
Sección | Ordenanza Municipal |
Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Miércoles 22 de noviembre de 2023 Edición Especial Nº 1132 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN CELICA
CELICA-LOJA-ECUADOR
CONCEJO MUNICIPAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A partir de la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador,
aprobada mediante Asamblea Nacional, publicada en el Registro Ocial No. 449 del
20 de octubre de 2008, el Ecuador, se constituyó en un Estado constitucional
garantista de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,
unitario, intercultural, plurinacional y laico. Su organización es en forma de
República y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía radica en el
pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la Autoridad, y se ejerce a través de los
órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la
Constitución.
En este contexto de derechos y justicia social, todas las personas, en forma
individual o colectiva, tienen derecho a una comunicación libre, intercultural,
incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por
cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos; el acceso
universal a las tecnologías de información y comunicación; a la creación de medios
de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las
frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y
televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de
redes inalámbricas; entre otras.
EI Estado fomenta la pluralidad y la diversidad en la comunicación, al efecto,
garantiza la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de
condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de
estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias; facilita la creación
y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios;
no permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los
medios de comunicación y del uso de las frecuencias.
Por su parte, todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a
buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, vericada,
oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos,
acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior;
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