Ordenanzas Municipales. Cantón Centinela del Cóndor: Que expide la primera reforma a la Ordenanza que reglamenta la ubicación, reubicación, ocupación, organización, funcionamiento, control de expendio y consumo de bebidas alcohólicas

Número de Boletín489
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Cuarto Suplemento Nº 489 - Registro Ocial
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Miércoles 7 de julio de 2021
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PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
UBICACIÓN, REUBICACIÓN, OCUPACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, CONTROL DE EXPENDIO Y CONSUMO DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL
CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),
faculta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, como
personas jurídicas de derecho público gozan de autonomía política,
administrativa y financiera, el derecho y la capacidad efectiva de estos
niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos propios
dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales en beneficio de sus
habitantes, cuya potestad publica se regirá por los siguientes
principios: unidad, solidaridad, coordinación y corresponsabilidad,
subsidiariedad, complementariedad, equidad interterritorial,
participación ciudadana, sustentabilidad del desarrollo.
En este contexto, el Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón
Centinela del Cóndor, en atención a la falta de normativa que permita
regular formalmente al sector que encamina su actividad al comercio y
considerando que es una prioridad cuando se trata de promover el
desarrollo económico del sector, pues resulta importante por sus efectos
positivos en la generación de empleos y en el crecimiento económico,
siendo necesario reformar la ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
UBICACIÓN, REUBICACIÓN, OCUPACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, CONTROL DE EXPENDIO Y CONSUMO DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR,
con la finalidad de garantizar a la ciudadanía el ejercicio y goce de sus
derechos, contribuyendo al fomento de los intereses locales a través de
la expedición o reformas de ordenanzas, acuerdos o resoluciones.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL
CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Art. 83 de la Constitución de la República, dice: Son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio
de otros previstos en la Constitución y la ley: Numerales. 4. Colaborar
en el mantenimiento de la paz y de la seguridad; y, 7. Promover el bien
común y anteponer el interés general al interés particular, conf orme al
buen vivir.

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