Ordenanzas Municipales. Cantón Centinela del Cóndor: Que reforma el Art. 28 de la Ordenanza que reglamenta la recuperación y el cobro de cartera vencida de créditos tributarios y no tributarios, a través de la ejecución de la jurisdicción coactiva; y, baja de especies valoradas incobrables

Número de Boletín869-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2016

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE CENTINELA DEL CÓNDOR

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en sus Arts. 240, manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, la Constitución de la República del Ecuador, prescribe en su Art. 264 numeral 5 "Los Gobiernos Autónomos Descentralizado tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la Ley: 5. Crear, modificar o suprimir ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.";

Que, el artículo 350 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización prescribe: Para el cobro de los créditos de cualquier naturaleza que existieran a favor de los gobiernos: regional, provincial, distrital y cantonal, estos y ·sus empresas, ejercerán la potestad coactiva por medio de los respectivos tesoreros o funcionarios recaudadores de conformidad con las normas de esta sección. La máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Descentralizado podrá designar recaudadores externos y facultarlos para ejercer la acción coactiva en las secciones territoriales; estos coordinarán su accionar con el Tesorero de la entidad respectiva;

Que, en Sesión Ordinaria celebrada el día veinte de Marzo del dos mil quince, se aprobó el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Centinela del Cóndor; en el que se establece en su Estructura Orgánica, que la Dirección Financiera, mediante la Unidad de Tesorería y Recaudaciones, será la encargada de dar cumplimiento a la mencionada Ordenanza.

Que, el Concejo cantonal de Centinela del Cóndor, mediante sesión ordinaria del 18 de septiembre de 2015, aprobó la "Ordenanza que Reglamenta la Recuperación y el Cobro de Cartera Vencida de Créditos Tributarios y No Tributarios que Adeudan al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Centinela del Cóndor, a Través de la Ejecución de la Jurisdicción Coactiva; y, Baja de especies Valoradas Incobrables", la misma que fue publicada en la Edición Especial del Registro Oficial Nro. 540 del 28 de marzo de 2016;

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Expide:

ORDENAZA QUE REFORMA EL ART 28 DE

LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA

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