Ordenanzas Municipales. Cantón Centinela del Condor: Que regula la organización, funcionamiento, control y cobro del canon de arrendamiento de mercados, locales comerciales, ferias libres y otros bienes inmuebles.

Número de Boletín812-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2016

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE CENTINELA DEL CÓNDOR

Considerando:

Que, el artículo 238 de la Constitución de la República contempla y garantiza la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos seccionales.

Que, el segundo inciso del artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización indica que la autonomía consiste en el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas propias, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Art. 7 establece en favor de los gobiernos seccionales autónomos su capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial

Que, el literal I) del Art. 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece como una de las funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal "Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faena miento, plazas de mercado y cementerios";

Que, el artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el literal a), determina que es atribución del Concejo Municipal "El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones";

Que, el Concejo Municipal mediante sesión ordinaria del 17 de abril del 2014 aprobó la ORDENANZA QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE MERCADOS Y DE LAS FERIAS LIBRES EN EL CANTON CENTIELA DEL CONDOR, la misma que fuepublicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro.303 del lunes 04 de agosto del 2014.

Que, es necesario normar y reglamentar el funcionamiento y control del mercado municipal de la ciudad de Zumbi, siendo necesario fijar los cánones de arrendamiento de los bienes inmuebles, locales comerciales y ferias libres, para lo cual es necesario extinguir la ordenanza antes referida y elaborar una nueva ordenanza que nos permita entregar un servicio adecuado a la ciudadanía; y

Que, el propósito del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Centinela del Cóndor es optimizar la atención al público en el Mercado Municipal; y, en las Ferias Libres que en ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 57 literal b) y 58 literal b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

Que, es necesario reformar la "Ordenanza que Regula la Organización, Funcionamiento y Control de Mercados y de las Ferias Libres en el cantón Centinela del Cóndor".

En ejercicio de la facultad y competencia que le confieren los artículos 240 y 264 de la Constitución de la República, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD.

Expide:

ORDENANZA QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN,

FUNCIONAMIENTO, CONTROL, Y COBRO DEL

CANON DE ARRENDAMIENTO DE MERCADOS,

LOCALES COMERCIALES, FERIAS LIBRES

Y OTROS BIENES INMUEBLES DEL GAD DE

CENTINELA DEL CONDOR

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

GENERALIDADES

Art. 1 Ámbito.-El ámbito de aplicación de esta Ordenanza comprende la organización, funcionamiento, control, reglamentar los cánones de arrendamiento de los mercados, ferias libres, locales comerciales, y otros bienes inmuebles en el Cantón Centinela del Cóndor.
Art. 2

Objeto y Jurisdicción.- El objeto de la presente ordenanza es normar la organización de los mercados, ferias libres, ferias comerciales y ventas ambulantes en el Cantón Centinela del Cóndor, estableciendo relaciones y vínculos entre los arrendatarios y la Municipalidad para el correcto desempeño de las labores comerciales, pago de tasas, salubridad, ornato y aseo, todo esto sujeto a la normativa general.

Art. 3 Funcionamiento.-Para el mejor funcionamiento de los mercados, locales comerciales ferias libres, ferias comerciales y ventas ambulantes en el Cantón, el G.A.Dfidel Cantón Centinela del cóndor expedirá los reglamentos que creyere conveniente.
CAPÍTULO II Artículos 4 a 9

ORGANIZACION

Art. 4 El directorio.-Los miembros del directorio permanecerán en sus funciones, el tiempo que dure cada administración Municipal, o periodo de cada Alcalde/sa y Concejales.

Lo integran: El Alcalde o su delegado quien lo presidirá y tendrá voz y voto y voto dirimente, el Director Financiero, el Procurador Sindico, el Comisario Municipal, un concejal elegido dentro del Concejo Municipal y un representante de los arrendatarios; actuara como secretario del Directorio el Administrador del Centro Comercial el cual tendrá voz informativa.

El directorio sesionara de manera ordinaria cada 180 días previa convocatoria con 48 horas de anticipación, sesionara de forma extraordinaria cuando el Alcalde lo solicite y convoque por escrito con 24 horas de anticipación. En ambos casos de sesiones deberá constar el orden del día y los respectivos documentos a tratar.

Art. 5 Funciones del Directorio.-Las funciones del Directorio serán:
  1. Definir las políticas de administración y financiera del Centro Comercial.

  2. Supervisar y resolver las denuncias y reclamos en contra de la gestión del administrador, funcionarios y trabajadores del Centro Comercial.

  3. Evaluar semestralmente la gestión del administrador/a, el mismo que presentara informes semestrales de ingresos y de gastos, peticiones o reclamos.

  4. Adoptar medidas correctivas necesarias para la adecuada administración, con el fin de que sea autosustentable y brindar un servicio de calidad al público.

Art. 6 Funcionarios Responsables.-El funcionamiento del mercado municipal y ferias libres en el Cantón estará sujeto a la autoridad del Alcalde, quien podrá nombrar o encargar a un Administrador y del Comisario Municipal, quienes serán responsables ante las autoridades del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Centinela del Cóndor de su organización, funcionamiento, y control.
Art. 7 Control.- El Administrador será el responsable directo de llevar el control de las actividades comerciales del mercado, locales comerciales, ferias libres, ferias comerciales y ventas ambulantes en el Cantón.
Art. 8 Registro.- El Administrador llevará un registro pormenorizado de todos los ocupantes del mercado, locales comerciales, ferias libres, ferias comerciales y ventas ambulantes en el Cantón para un mejor control de sus actividades.
Art. 9 Funciones del Administrador:
  1. Cumplir y hacer cumplir la presente ordenanza municipal, lo dispuesto en el COOTAD y las resoluciones emitidas por el Directorio;

  2. Organizar y controlar el correcto funcionamiento interior y exterior del centro comercial;

  3. Asistir con voz informativa a las sesiones del Directorio;

  4. Convocar a sesión a todos los arrendatarios cada 60 días con el objetivo de cumplir metas, adoptadas por el directorio y por la mayoría de arrendatarios acordados en sesión;

  5. Mantener bien iluminado cada sector interior y exterior del centro comercial;

  6. Establecer sistemas de autogestión para diferentes actos, mejoras según resoluciones que se tomen por mayoría en sesión de arrendatarios;

  7. Vigilar y controlar juntamente con el personal de limpieza, policía y comisario Municipal según el área que corresponda para que todos los días se mantenga el aseo, seguridad, higiene y la conservación del bien inmueble.

  8. Coordinar con las Instituciones que correspondan para ejercer operativos de control en cuanto al manejo de alimentos, limpieza e higiene, balanzas, medidas y pesas.

  9. Controlar todos los días que los arrendatarios lleven el uniforme completo.

  10. Disponer y controlar que el guardián abra las puertas en el siguiente horario de 5 horas a 18 horas de lunes a domingo.

  11. Presentar semestralmente al directorio un informe de actividades principalmente en base a sus funciones de administrador.

  12. Exigir a todos los arrendatarios de los locales establezcan una lista de precios que contenga como mínimo diez artículos más vendidos, en caso de existir un reclamo por parte de algún consumidor velara por buscar una solución pacifica caso contrario presentara al Comisario Municipal un informe para el debido proceso.

  13. Establecer anualmente como mínimo un curso, taller o seminario de capacitación para los arrendatarios en temas de : Manejo de Desechos de general, higiene, salud, atención al cliente, manejo de alimentos, Autoestima, Liderazgo, Autoempleo y demás temas que soliciten en sesión ordinaria los arrendatarios por mayoría; y

  14. Llevar un registro pormenorizado de todos los ocupantes del mercado.

CAPITULO III Artículos 10 a 21

DE LA ADJUDICACIÓN DE PUESTOS

Art. 10 Procedimiento.- Para proceder al arrendamiento de un local se observara lo que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento; el COOTAD; y la presente Ordenanza.
Art. 11 Requisitos.- Los interesados en ocupar un puesto de venta en el Mercado Municipal, deberán presentar una solicitud en...

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