Ordenanzas Municipales. Cantón Cevallos: De presupuesto para el ejercicio económico del año 2022

Número de Boletín1926
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 4 de febrero de 2022 Edición Especial Nº 1926 - Registro Ocial
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22001199--22002233
ORDENANZA DE PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN CEVALLOS PARA EL EJERCICIO
ECONÓMICO 2022
Viernes 4 de febrero de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 1926
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
CEVALLOS
Exposición de Motivos
Por parte de la Secretaría General fue remitido el MEMORANDO Nro. GADMCC-AL-
2021-1401-M de fecha 05 de noviembre de 2021 a la Comisión de Finanzas y Presupuesto,
en el cual se solicita sea analizado y se emita un informe acerca del Proyecto de Presupuesto
del GAD Municipal de cantón Cevallos del Ejercicio económico 2022 aprobado por el
Consejo de Planificación presentado con oficio CSPC-2021-1080-E-GADMCC, por parte de
la Dirección Financiera.
Mediante Memorando Nro. GADMCC-AL-2021-1401, de fecha 05 de noviembre de 2021
fue remitido por parte de Secretaría a la Comisión de Finanzas y Presupuesto, en el cual se
solicita sea analizado y se emita un informe acerca del proyecto de presupuesto del GAD
Cevallos para el período 2022 para primer debate.
En sesión ordinaria de Consejo N° 1749 realizada el 16 de noviembre de 2021, se resuelve
aprobar por mayoría simple la ordenanza de ORDENANZA DE PRESUPUESTO PARA EL
EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2022, en primera instancia.
Mediante Memorando Nro. GADMCC-AL-2021-1585, de fecha 29 de noviembre de 2021
fue remitido por parte de Secretaría a la Comisión de Finanzas y Presupuesto, en el cual se
solicita sea analizado y se emita un informe acerca del proyecto de presupuesto del GAD
Cevallos para el período 2022 para segundo debate.
El Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Cevallos, está apunto de concluir el
período fiscal 2021 y es menester analizar la proforma presupuestaria 2022 con la finalidad
de obtener una adecuada distribución de los valores a ser ejecutados en el próximo año.
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CEVALLOS
Considerando:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República, determina que los gobiernos
autónomos descentralizados municipales gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.
Que, el artículo 266 de de la Constitución de la República establece que, los gobiernos de los
distritos metropolitanos autónomos ejercerán las competencias que corresponden a los
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gobiernos cantonales y todas las que sean aplicables de los gobiernos provinciales y
regionales, sin perjuicio de las adicionales que determine la ley que regule el sistema nacional
de competencias.
Que, el literal g del artículo 57 del COOTAD, manifiesta que le corresponde al concejo
municipal, aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado
municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de
ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco de la
Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u observará la liquidación presupuestaria del
año inmediato anterior, con las respectivas reformas.
Que, el articulo 215 del COOTAD, indica que el presupuesto de los gobiernos autónomos
descentralizados se ajustará a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales
respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus
competencias y autonomía.
Que el artículo 216 del COOTAD, indica que el ejercicio financiero de los gobiernos
autónomos descentralizados se iniciará el primero de enero y terminará el treinta y uno de
diciembre de cada año, y para ese período deberá aprobarse y regir el presupuesto. No podrá
mantenerse ni prorrogarse la vigencia del presupuesto del año anterior.
Que, el artículo 218 del COOTAD, habla de la aprobación del presupuesto, que es el órgano
legislativo, y de fiscalización aprobará el presupuesto general del respectivo gobierno
autónomo descentralizado; además conocerá los presupuestos de sus empresas públicas o
mixtas aprobados por los respectivos directorios.
Que el artículo 255 del COOTAD, menciona sobre la reforma presupuestaria, que una vez
sancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes
medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estas operaciones se efectuarán
de conformidad con lo previsto en las siguientes secciones de este Código.
En uso de las facultades y atribuciones constitucionales y legales invocadas;
Expide:
LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL
AÑO 2022
Art. 1.- Apruébese el Presupuesto General del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Cevallos para el ejercicio económico 2022, el cual se anexa y forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Art. 2.- Incorpórense las disposiciones contenidas en el anexo de la presente Ordenanza,
como parte integrante del Presupuesto General del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Cevallos.

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