Cantón Chambo: Que crea, regula el control e ingreso al centro del cantón y el Sistema de Estacionamiento Rotativo Tarifado de Chambo 'SERTCH'

Número de Boletín793-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2016

EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO

Considerando:

Que, de conformidad con lo prescrito en el Art. 238 de la Constitución de la República, los gobiernos autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera;

Que, el numeral 2 del art. 264 de la Constitución de la República establece las competencias exclusivas de los gobiernos municipales para, ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

Que, el numeral 6 del art. 264 de la Constitución de la República establece planificar, regular, controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal;

Que, el Art. 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece, que son competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, las siguientes: literal b) ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; literal c) planificar, construir y mantener la vialidad urbana; y, literal f) planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;

Que, el Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía Descentralización, establece entre las atribuciones del Concejo Municipal:

  1. El ejercicio de la facultad normativa, en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.

  2. Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que ejecuta;

Que, el Art. 130 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, señala que a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, les corresponden de forma exclusiva planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y seguridad vial, dentro de su territorio cantonal;

Que, es necesario en el cantón Chambo, en aquellos sectores que sufren problemas de congestión vehicular, dotar de espacios adecuados de parqueo, de modo que puedan ser ocupados en forma organizada y controlada, para ordenar el fiujo del tránsito y obtener una mayor movilidad vehicular;

Que, el artículo 30.4 de la LOTTTSV señala que: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados metropolitanos y municipales tendrán las siguientes competencias: c) Planificar, regular y controlar las actividades y operaciones de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial en su respectiva circunscripción territorial;

Que, el Art. 16 de la Reforma a la Ordenanza de CREACION DE LA UNIDAD TECNICA MUNICIPAL DE TRANSPORTE, TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL, establece en los literales h) Organizar y especificar los servicios de estacionamiento público libre y tarifado en la vía;

Que, al establecer limitaciones de tiempo y el cobro de un valor como contraprestación por el uso de los espacios de la vía pública destinados a parqueo de vehículos, mejorará y disminuirá el tránsito vehicular en las zonas congestionadas, y a la vez que permitirá a los usuarios contar con parqueos en óptimas condiciones en tales sectores;

En uso de sus atribuciones y facultades constantes en el Art. 7 y 57 del COOTAD;

Expide:

LA ORDENANZA QUE CREA, REGULA EL

CONTROL E INGRESO AL CENTRO DEL

CANTON Y EL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO

ROTATIVO TARIFADO DE CHAMBO "SERTCH".

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 10

NORMAS Y REGULACIONES GENERALES

CAPITULO I Artículos 1 a 3

OBJETO, ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Art. 1 Objeto.- Crease el Sistema de Estacionamiento Rotativo Tarifado, en la ciudad de Chambo, con el objeto de utilizar la vía pública en forma organizada y ordenada, a través de una oferta permanente y continua de espacios libres para el estacionamiento de automotores.
Art. 2 Alcance.- La presente ordenanza, además tiene por objeto establecer las normas técnicas, disposiciones y regulaciones para la ocupación de la vía pública con estacionamientos de vehículos, en aquellas zonas de la ciudad donde operará el Sistema de Estacionamiento Rotativo Tarifado.

Las normas, disposiciones y regulaciones contenidas en este instrumento, serán de vigencia permanente y de aplicación obligatoria por parte de los ciudadanos que estacionen sus vehículos en las vías públicas, dentro de las zonas de la ciudad donde funcionará el Sistema Municipal de Estacionamiento Rotativo Tarifado y que se detalla en el Art. 19 de la presente ordenanza, mismas que son susceptibles de ampliarse o reducirse.

Art. 3 Ámbito de Aplicación.- El ámbito de aplicación de la presente ordenanza, se enmarca en los estacionamientos generales en la vía pública donde se aplicará el sistema tarifado con límite de tiempo.

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS:

SERTCH: Servicio de Estacionamiento Rotativo Tarifado Chambo.

Administrador: Persona responsable del cumplimiento del proceso.

Inmovilización.-Suspensión temporal del movimiento.

Espacios.-Lugar donde se encuentran los objetos.

Estacionamiento.-Es el espacio físico donde se deja el vehículo.

Zona.-Superficie delimitada que se caracteriza por lo que contiene.

Fracción.-Número, que se obtiene de dividir una totalidad en partes iguales. Por ejemplo cuando decimos un cuarto de hora o una cuarta.

Exceso.-Cualquier tipo de cantidad de algo, que puede tomarse o hacerse y que pasa el límite de lo que se considera normal.

Ticket.- Documento que se entrega a la persona interesada en el que se garantiza que esta ha realizado una entrega o pago por una compra o por un servicio, o que cumple cierto requisito o tiene cierto derecho sobre algo.

Regular.- Reglar o poner en orden algo.

LOTTTSV.- Ley Orgánica de Transito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial.

CAPITULO II Artículos 4 a 10

SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA

Art. 4 Personal a cargo del "SERTCH".- Los procesos técnicos, administrativos, de operaciones, control y supervisión lo realizará directamente la Comisaría Municipal, quien será el responsable de cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente ordenanza.
Art. 5

De la administración del "SERTCH".- El funcionamiento del sistema se ejecutará a través del Comisario Municipal, la policía municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal con el apoyo de la Policía Nacional, bajo cuya responsabilidad se desarrollaran los procesos técnicos, administrativos y financieros necesarios para la operación del sistema, sus funciones, atribuciones y responsabilidades.

Art. 6 Del Administrador encargado del control del "SERTCH".- Estará a cargo del Comisario Municipal quién tendrá la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en la presente ordenanza.
Art. 7

El Administrador encargado del control.- Será el Comisario Municipal, responsable de controlar y supervisar la adecuada operación y funcionamiento del sistema de estacionamiento Rotativo Tarifado, con facultades para imponer sanciones por contravenciones a la Ordenanza, dispondrá la inmovilización de los vehículos, previa verificación y comprobación de que estos han excedido el tiempo máximo de permanencia establecido en la presente Ordenanza.

SECCIÓN SEGUNDA Artículo 8

DEL USO DE LA VIA PÚBLICA

Art. 8

Del uso de la Vía Pública.- En base al Art. 54 literal m) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, corresponde a la Municipalidad regular y controlar el uso del espacio público cantonal; y, de manera particular el...

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