Ordenanzas Municipales. Cantón Chambo: Que reforma a la Ordenanza para la determinación, administración y recaudación del impuesto a las utilidades y plusvalía provenientes de la transferencia de inmuebles urbanos
Número de Boletín | 818-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 17 de Noviembre de 2016 |
EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO
Considerando:
Que, el Art. 300 de la Constitución de la República del Ecuador determina que: El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables;
Que, el Art. 556 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece que el impuesto del diez por ciento (10%) sobre las utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles urbanos, porcentaje que se podrá modificar mediante ordenanza;
Que, la ORDENANZA PARA LA DETERMINACION, ADMINISTRACION Y RECAUDACION DEL IMPUESTO A LAS UTILIDADES Y PLUSVALIA PROVENIENTES DE LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES URBANOS, EN EL CANTON CHAMBO, fue publicada en el Registro Oficial N.- 17 del martes 18 de junio de 2013.
En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Expide:
LA REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO A LAS UTILIDADES Y PLUSVALÍA PROVENIENTES DE LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES URBANOS, EN EL CANTÓN CHAMBO.
Art. 1.- Sustitúyase el artículo 6 por el siguiente: Art. 6.- TARIFA DEL IMPUESTO.- Sobre la base imponible determinada en el Art. 4 de esta ordenanza se aplicara el impuesto del 10%, sin embargo, si la transferencia de dominio fuere anterior al año 2005, se aplicará el impuesto del 5% sobre la base imponible.
La presente REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO A LAS UTILIDADES Y PLUSVALÍA PROVENIENTES DE LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES URBANOS, EN EL CANTÓN CHAMBO, entrará en vigencia a partir de su sanción, publicación en la Gaceta Oficial, dominio Web de la Institución, y en el Registro Oficial.
DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL GAD MUNICIPAL DE CHAMBO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
f.) Dr. Iván Rodrigo Pazmiño Núñez, Alcalde del GAD Municipal de Chambo.
f.) Ab. Nancy Suica Peña, Secretaria del Concejo del GAD Municipal de Chambo.
CERTIFICO: que " LAREFORMAALAORDENANZA PARA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba