Ordenanzas Municipales. Cantón Chone: Que reforma a la Ordenanza sustitutiva de creación de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Control de Inundaciones de Chone- EPMAPACICH

Número de Boletín910
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2012

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHONE

Considerando:

Que, el Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador determina que; los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley.

Que, el numeral 4 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que los gobierno municipales tendrán la competencia exclusiva de "Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley".

Que, el Art. 55 literal d) del COOTAD, establece que los gobiernos municipales tendrán la competencia exclusiva de "Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley".

Que, El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Chone, en conformidad a la ley, reconoce que no puede desconocer la responsabilidad que mantiene con la comunidad, en cuanto a la dotación de los servicios básicos, como es la prestación del servicio de agua potable.

Que, el Art. 40 de la Ley Orgánica de Empresa Pública, estable que, el Estado podrá constituir subvenciones y aportes estatales que garanticen la continuidad del servicio público.

Que, El Concejo Municipal del Cantón Chone, en uso de las Atribuciones establecidas en el Art. 57 literal a) del COOTAD.

Expide:

La siguiente REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA DE CREACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y CONTROL DE INUNDACIONES DE CHONE-EPMAPACICH.

Art. 1. Sustitúyase la disposición Transitoria Primera por la siguiente:

Para la reestructuración orgánica funcional de la Empresa que se deriva de la presente Ordenanza; ésta se aplicará a partir del 1 de enero del 2013, fecha desde la cual la Empresa EPMAPACICH, asumirá la responsabilidad administrativa, financiera y operativa de todos los activos y pasivos que fueron asignados por SENAGUA constante en las actas de Entrega-Recepción Definitiva, otorgada por esta entidad al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Chone.

Art. 2. Agréguese la Disposición Transitoria Octava: Para el Cumplimiento de los plazos establecidos en la Disposiciones Transitorias SEGUNDA, CUARTA Y SEXTA, de esta ordenanza, se establece el plazo de CIENTO OCHENTA DIAS, contados a partir del 01 de...

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