Ordenanzas Municipales. Cantón Cuenca: Reformatoria a la Ordenanza que contiene la reforma, actualización, complementación y codificación de la Ordenanza que sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial: determinaciones para el uso y ocupación del suelo urbano, creación del sector de planeamiento N-15C

Número de Boletín484
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 30 de junio de 2021Registro Ocial Nº 484
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ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE CONTIENE LA
REFORMA, ACTUALIZACIÓN, COMPLEMENTACIÓN Y CODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA QUE SANCIONA EL PLAN DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DEL CANTON CUENCA: DETERMINACIONES PARA EL
USO Y OCUPACIÓN DEL SUELO URBANO, CREACIÓN DEL SECTOR
DE PLANEAMIENTO N-15C
EL CONCEJO CANTONAL DEL CANTÓN CUENCA
CONSIDERANDO:
establece que son deberes primordiales del Estado: “Planificar el desarrollo
nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la
distribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.”;
que: “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una
vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y
económica.”;
numeral 26 establece: “El derecho a la propiedad en todas sus formas, con
función y responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la
propiedad se hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras
medidas.”;
que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se
rige por principios de eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
que: “Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o

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