Ordenanzas Municipales. Cantón Echeandia: Derogatoria de la Ordenanza que regula la implantación de postes, cables, y estructuras de estaciones radioeléctricas, centrales fijas y de base de los servicios móvil terrestres de radio, comunicaciones, a celulares, televisión, radio emisoras, radio ayuda fija y otras de tipo comercial, fijación de las tasas correspondientes a la utilización u ocupación del espacio aéreo, suelo, subsuelo

Número de Boletín837
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición11 de Abril de 2016

EL CONCEJO CANTONAL DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN ECHEANDIA

Considerando:

Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.

Que, la Constitución en su artículo 240 manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados de los cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales, además, todos los Gobiernos autónomos descentralizados municipales ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, el artículo 264, numeral 14, inciso segundo de la Carta Magna, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán entre sus competencias exclusivas: "...En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales...".

Que, el artículo 7 del COOTAD, establece la facultad normativa de los Concejos Municipales para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial;

Que, el 31 de Enero del año 2013 y 03 de Febrero del mismo año el Concejo Cantonal aprobó la Ordenanza que regula la implantación de postes, cables, y estructuras de estaciones radioeléctricas, centrales fijas y de base de los servicios móvil terrestres de radio, comunicaciones, a celulares, televisión, radio emisoras, radio ayuda fija y otras de tipo comercial, fijación de las tasas correspondientes a la utilización u ocupación del espacio aérea, suelo, subsuelo en el Cantón Echeandía.

Que, la mencionada Ordenanza fue publicada en el Registro Oficial el 4 de Marzo del 2013.

Que, durante la aplicación de la referida Ordenanza, se plantearon demandas de inconstitucionalidad por parte de las compañías de telecomunicaciones que operan en el Cantón Echeandía.

Que dentro del Juicio de Inconstitucionalidad planteado por la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, SENATEL, y del Consejo Nacional de Telecomunicaciones CONATEL, La Corte Constitucional del Ecuador, dicta Sentencia nº. 025-15, el 22 de Julio del 2015, declarando inconstitucional lo siguiente: En el artículo 1, de la frase "subsuelo" y "uso del espacio aéreo", y la inconstitucionalidad de los artículo 2, 18, 19, 20 y 21 de la Ordenanza.

Que, el artículo 566 del COOTAD dispone que las tasas puedan fijarse únicamente por la prestación...

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