Ordenanzas Municipales. Cantón Echeandía: Para regular la fabricación, el comercio de cualquier tipo, distribución y entrega de productos plásticos de un solo uso y específicamente de sorbetes plásticos, envases, tarrinas, cubiertos, vasos, tazas de plástico y de foam y fundas plásticas tipo camiseta, inclusive oxobiodegradables

Número de Boletín612
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Edición Especial Nº 612
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Jueves 17 de noviembre de 2022
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Según datos del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), al
menos 8 millones de toneladas de plástico van a parar a los mares cada año. El uso
cotidiano de productos de plástico que, en promedio no son utilizados más de 20
minutos y que no son reciclados, ha convertido a la contaminación por plástico en uno
de los mayores problemas ambientales de la actualidad. La misma organización en su
estudio "SINGLE-USE PLASTICS: A .Roadmap for Sustainability", establece que desde los
años 50's la producción de plástico ha superado a la producción de otros materiales,
gran parte de esta producción está diseñada para un solo uso provocando así que el
usuario deseche el plástico después de su primer uso, lo que ha provocado que el 50%
de los desechos de plástico sean de envases. América, Japón y la Unión Europea son
consideradas como los mayores productores de residuos plásticos de envases a nivel
mundial. Solo el 9% del plástico que se ha producido hasta la actualidad ha sido reciclado
evidenciando nuestra falta de conciencia ante este problema que crece cada día el cual
para el 2050 significará 12 mil millones de toneladas de basura plástica en los vertederos
y el medio ambiente; pudiendo con estos datos representar el 20% del consumo del
petróleo para la industria plástica. Las estadísticas del PNUMA indican que el ritmo de
consumo desmedido de estos productos causará que, para 2050, los océanos tengan
más desechos plásticos que peces. El desecho de estos productos, que tardan alrededor
de 200 años en degradarse, contamina el ambiente causando la muerte de millones de
aves y mamíferos marinos al ser atrapados o por ingesta. Los productos plásticos no son
biodegradables en un corto plazo, algunos de ellos se descomponen en pequeñas
fracciones plásticas (micro-plásticos) los cuales pueden ser ingeridos por los humanos y
animales sin percibirlo. Estos residuos no se descomponen, por ejemplo la espuma de
poliestireno expandido (espuma flex) requiere 1000 años para descomponerse. Por otro
lado, existe evidencia de la presencia de micro plásticos en el agua embotellada e incluso
en la sal marina que se consume en el mundo. Por su parte los productos de poliestireno
expandido, contienen sustancias tóxicas y carcinogénicas como el estireno y el benceno,
químicos que pueden generar graves afectaciones a la salud. Estos químicos pueden ser
transferidos desde los recipientes hacia los alimentos y bebidas y así ser ingeridos por
los consumidores. Más de 60 países han impuesto prohibiciones o gravámenes al uso de
envases plásticos demostrando que a nivel mundial la alerta ya se manifiesta. Por lo que
el Gobierno autónomo descentralizado municipal del cantón Echeandía busca
estrategias y normativas que efectúen un cambio de cultura en relación al uso
indiscriminado de plásticos de un solo uso. En Ecuador, el Ministerio del Ambiente, Agua
y Transición Ecológica ha señalado que alrededor de 1500 millones de fundas plásticas
tipo camiseta son utilizadas por año en el país, el equivalente a alrededor de 130 fundas
tipo camiseta por persona. Solo 5 de cada 10 fundas son reutilizadas por una única vez
y luego son desechadas al igual sorbetes, botellas, vajillas y cubiertos plásticos. En ese
contexto, con la finalidad de contribuir de manera efectiva y eficaz al cuidado del
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ambiente, es fundamental que el GAD Municipal del cantón Echeandía se sume a las
campañas y acciones mundiales para desincentivar el uso de estos elementos a través
de prohibiciones a la entrega de ciertos productos plásticos de un solo uso o
desechables.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTON ECHEANDIA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14 de la Constitución del Ecuador declara de interés público la
preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la
recuperación de los espacios naturales degradados;
Que, de acuerdo con el artículo 66, numeral 15, de la Carta Magna, se reconoce y
garantiza a las personas "el derecho a desarrollar actividades económicas, en forma
individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y
ambiental";
Que, el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución del Ecuador garantiza el derecho a
vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en
armonía con la naturaleza;
Que, el artículo 71 de la Constitución reconoce el derecho a que se respete
integralmente a la naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, y el
mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos
evolutivos;
Que, el inciso tercero del artículo 71 de la Constitución establece que el Estado
incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la
naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema;
Que, el artículo 73 de la Carta Magna dice que el Estado aplicará medidas de precaución
y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la
destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución establece como deberes y
responsabilidades de las y los ecuatorianos respetar los derechos de la naturaleza;
que son competencias exclusivas de los gobiernos municipales: prestar los servicios
públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de
desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la
ley;

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