Ordenanza Municipal 019-GADMCE - Cantón Esmeraldas: Que expide reformas a la Ordenanza de creacion del Juzgado Especial de Coactivas para la recuperación de cartera vencida y de la ejecución coactiva para el cobro de creditos tributarios y no tributarios adeudados al GADMCE

Número de Boletín623
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2015

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPAL DEL

CANTÓN ESMERLALDAS

Considerando:

Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado;

Que, en la Constitución de la República en el artículo 227, establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, en la Constitución de la República el artículo 238, determina que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana;

Que, en la Constitución de la República en su artículo 240 manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados de los cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Todos los gobiernos autónomos descentralizados municipales ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, el último inciso del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador faculta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en el ámbito de sus competencias y territorios, y en uso de sus facultades, expedir ordenanzas cantonales;

Que, el artículo 7 del COOTAD, establece la facultad normativa de los concejos municipales para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial;

Que, el artículo 53 del COOTAD, manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana, legislación y fiscalización y ejecutiva prevista en este código;

Que, el artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el literal a) establece que es atribución del Concejo Municipal "El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones"...;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en la Sección Segunda, artículos 350, 351, 352 y 353 establece el Procedimiento...

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