Ordenanzas Municipales. Cantón Esmeraldas: Que reforma a la Ordenanza técnica para la administración del Subsistema de Planificación del Talento Humano y desarrollo del Plan de Optimización y Racionalización del Talento Humano

Número de Boletín962
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 14 de julio de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 962
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Ordenanza Técnica para la
Administración del Subsistema de
Planificación del Talento Humano y
Desarrollo del Plan de Optimización
y
Racionalización del Talento
Humano del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del
cantón Esmeraldas
Gobierno Autónomo
Descentralizado del Cantón
Esmeraldas
Viernes 14 de julio de 2023 Edición Especial Nº 962 - Registro Ocial
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
LA ORDENANZA TECNICA PARA LA ADMINISTRACION DEL SUBSISTEMA DE
PLANIFICACION DEL TALENTO HUMANO Y DESARROLLO DEL PLAN DE
OPTIMIZACION Y RACIONALIZACION DEL TALENTO HUMANO.
I CONSIDERACIONES PREVIAS:
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Esmeraldas es una
institución de derecho público, que goza de autonomía política, admi
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capacidad para
realizar los actos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus fines,
atribuciones y deberes, según lo determina la Constitución de la República Art.
238, y el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomías y
Descentralización COOTAD en sus artículos 2 letras a), b) y c), 4
letra a), 5 (reconoce
a la autonomía administrativa que consiste en el pleno
ejercicio de la facultad
de organización y de gestión de sus talentos humanos),
6 (establece que ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá
interferir en la autonomía política, administrativa y financiera), 7 (regularse a
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revestida
de autonomía).
La satisfacción de las necesidades colectivas y de interés público del cantón es
lo más importante, y el brazo ejecutor de las políticas públicas de carácter
cantonal se lo realiza a través del talento humano con el que cuenta la Entidad
Municipal.
La administración del talento humano tiene por objeto impulsar la formación de
un equipo de personas comprometidas con la búsqueda de la excelencia a
través de un óptimo clima laboral, que permita el desarrollo individual y el
cumplimiento de los objetivos estratégicos, misión y visión del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Esmeraldas.
La norma constitucional confiere plena autonomía a los gobiernos municipales;
es decir, que
éstos gozan de este atributo con amplitud, lo que les faculta a
expedir normas
jurídicas, denominadas ordenanzas y resoluciones, por su
parte, el Código Orgánico
de Ordenamiento Territorial, Autonomías y
Descentralización COOTAD es el
cuerpo normativo que, por su especialización,
desarrolla las competencias
constitucionales, y regula la cualidad autonómica concedida a estos entes para
alcanzar su eficaz aplicación.
La facultad constitucional de resolver -en forma autónoma- sus asuntos...permite
que normativamente se establezcan las escalas
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remunerativas para los dignatarios, autoridades, funcionarios, y servidores
públicos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal.
Concordante con lo señalado en el párrafo inmediato anterior, la Disposición
Transitoria Décima de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP, faculta a los
Gobiernos Autónomos Descentralizados expedir dentro del plazo de 1 año a
partir de la vigencia de dicha ley, la normativa técnica del sistema integrado
del
talento humano acorde los subsistemas previstos en el Art. 54 ibídem.
El Art. 227 de la Constitución de la República, manifiesta que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.
En este orden, es necesario contar con una norma técnica actualizada que
establezca métodos y procedimientos técnicos para la aplicación del
Subsistema de Planificación del Talento Humano, orientado a fortalecer el
talento humano y los roles que integran la gestión por procesos dentro de una
estructura orgánica para alcanzar niveles de eficiencia con una plantilla optima
que permita contar con personal operativo con criterios técnicos que midan
carga laboral en función del portafolio de productos que brinda y
desarrolla la
Institución en beneficio de la colectividad.
La Norma Técnica del Subsistema de Planificación del Talento Humano
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 494, de 6 de mayo 2015,
en
su Art. 1, señala en su parte pertinente:
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes
especiales,
obligatoriamente tendrán su propia planificación anual del talento
humano que se sujetará
a sus planes de desarrollo territorial, para lo cual
deberán observar la presente Norma
Técnica.”.
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Oficial No. 76, 11 de septiembre 2017, se expidió LAS NORMAS DE
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las máximas autoridades de todas las entidades públicas, no contempladas en
dicho ámbito procurar la aplicación de estas disposiciones.
El gasto corriente destinado entre otros rubros a cubrir la masa salarial requiere
una
planificación anual del talento humano que haga eficiente el gasto contando
con personal requerido a través de la implementación de instrumentos técnicos
de gestión y medición de carga laboral del talento humano para hacer
eficiente el gasto público, promoviendo el ahorro institucional que pueda ser
destinado a gastos de inversión en planes, programas y proyectos acorde a las
competencias del GAD Municipal.

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