Ordenanzas Municipales. Cantón El Guabo: Tercera reforma a la Ordenanza que establece el cobro del impuesto anual de patente
Número de Boletín | 402-Primer Suplemento |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 19 de Noviembre de 2014 |
EL I. CONCEJO CANTONAL DE EL GUABO
Considerando:
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón El Guabo, en Sesiones Ordinarias de Concejo de fecha 24 y 30 de julio del 2014, discutió y aprobó la Segunda Reforma a la Ordenanza que establece el Cobro de Impuesto Anual de Patente en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón El Guabo, publicada en el Registro Oficial No. 380 del 21 de Noviembre del 2014.
Que, en dicho ordenamiento jurídico, en el segundo inciso de la Primera Disposición General de la Ordenanza en mención, por un lapsus calami, se ha incorporado el Art. 301 del COOTAD, que no guarda relación con el contenido.
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el literal a) del Art. 57, y Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Expide:
LA TERCERA REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COBRO DEL IMPUESTO ANUAL DE PATENTE EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO.
Primera.- VIGENCIA.- LA TERCERA REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COBRO DEL IMPUESTO ANUAL DE PATENTE EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL EN EL CANTÓN EL GUABO, entrará en vigencia desde su aprobación por el Concejo Cantonal sin perjuicio de su publicación en Registro Oficial, de conformidad con el Art. 324 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. Segunda.- DEROGATORIA.- Quedan derogadas todas las que se opongan a esta. Dado en la Sala de sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón El Guabo, a los diecinueve días del mes...
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