Ordenanzas Municipales. Cantón Gualaquiza: Que regula el control de vectores
Número de Boletín | 179 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Jueves 5 de mayo de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 179
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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN GUALAQUIZA
Considerando:
Que; de conformidad a lo previsto en el Art. 14 de la Constitución de la República
reconoce el derecho constitucional de todos los ecuatorianos el vivir en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir.
Que; el artículo 15 de la Constitución de la República señala que el Estado promoverá,
en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías
alternativas no contaminantes y de bajo impacto;
Que; el artículo 66, numeral 27 de la Constitución de la República garantiza a las
personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
Que; de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del Art. 83 de la Constitución de la
República, constituyen deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los
ecuatorianos, entre otros el respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente
sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible;
Que; según el Art. 85 de la República, numeral 1 Las políticas públicas y la prestación
de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los
derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.
Que; el artículo 240 de la Constitución de la República determina que los gobiernos
autónomos descentralizados tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones y ejercerán las facultades ejecutivas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
Que; el artículo 264, numeral 4 de la Constitución de la República establece que los
gobiernos municipales tienen, entre varias competencias exclusivas, prestar entre otros
servicios públicos, el de manejo de desechos sólidos;
Que; el artículo 276, numeral 4 de la Constitución de la República señala que el régimen
de desarrollo tendrá entre otros los siguientes objetivos: recuperar y conservar la
naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y
colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los
beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;
Que; el artículo 415 de la Constitución de la República establece que los gobiernos
autónomos descentralizados desarrollarán programas de reducción, reciclaje y
tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos;
Que; La Constitución Política del Ecuador en el artículo 415 establece que el Estado
central y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y
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