Ordenanzas Municipales. Cantón Gualaquiza: Que sanciona el presupuesto general municipal y su anexo, para el ejercicio fiscal del año 2019

Número de Boletín179
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 5 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 179 - Registro Ocial
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRTALIZADO MUNICIPAL DE GUALAQUIZA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución dela República del Ecuador manda (Art. 238) “Los Gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera,
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana…”; (Art. 295) La Función Ejecutiva presentará a
la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria
cuatrianual durante los primeros noventa días de su gestión, …. 144 Hasta que se apruebe
el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República,
regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución
presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite
establecido por la ley. …”.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
manda (Art. 60) “Le corresponde al alcalde o alcaldesa: (…) g) Elaborar (…) la
correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de
desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos
señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a
consideración del Concejo Municipal para su aprobación.”; (Art. 57) “Al Concejo
Municipal le corresponde: (…) a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición
de ordenanzas cantorales, acuerdos y resoluciones; (…) g) Aprobar u observar el
presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, que deberá guardar
coordinación con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así
como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la Ley…”;
(Art. 267) “Los presupuestos de las empresas públicas de los gobiernos autónomos
descentralizados, sean de servicios públicos o de cualquier otra naturaleza, se presentarán
como anexos en el presupuesto general del respectivo gobierno; serán aprobados por sus
respectivos directorios y pasarán a conocimiento del órgano legislativo correspondiente.
Entre los egresos constarán obligatoriamente las partidas necesarias para cubrir el servicio
de intereses y amortización de préstamos.”; (Capítulo VII) “Presupuesto de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados”, desde el artículo 215 hasta el artículo 273;
Descentralización determina que la estructura del presupuesto se ceñirá a las
disposiciones expresamente consignadas en este Código, en la ley respectiva, en la
reglamentación general que expedirá el gobierno central y en la normativa que dicte el
gobierno autónomo descentralizado respectivo;
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Descentralización consagra que el presupuesto de los gobiernos autónomos
descentralizados constará de las siguientes partes:
a) Ingresos;
b) Egresos; y,
e) Disposiciones generales.
El presupuesto contendrá, además, un anexo con el detalle distributivo de sueldos y
salarios, y financiamiento para dar cumplimiento a los contratos colectivos, actas
transaccionales o sentencias dictadas sea por los tribunales de conciliación y arbitraje o,
los jueces laborales o constitucionales;
Qué, el artículo 223 del Código ibídem determina que los ingresos presupuestarios se
dividirán en los siguientes títulos: Título I. Ingresos tributarios; Título II. Ingresos no
tributarios; y, Título III. Empréstitos;
Descentralización determina que los gastos se agruparán en áreas, programas,
subprogramas, proyectos y actividades. En cada programa, subprograma, proyecto y
actividad deberán determinarse los gastos corrientes y los proyectos de inversión,
atendiendo a la naturaleza económica predominante de los gastos, y deberán estar
orientados a garantizar la equidad al interior del territorio de cada gobierno autónomo
descentralizado.
Los egresos de los programas, subprogramas, proyectos y actividades se desglosarán,
además, uniformemente en las partidas por objeto o materia del gasto, que sean necesarias
para la mejor programación; por otro lado el artículo 229 del mismo cuerpo Legal
establece que todos los gastos que realicen las dependencias y servicios de los gobiernos
autónomos descentralizados tienen que incluirse en una unidad de asignación. Serán
unidades de asignación los programas, subprogramas, proyectos y actividades;
Descentralización determina que el órgano legislativo del gobierno autónomo
descentralizado no podrá aumentar la estimación de los ingresos de la proforma
presupuestaria, salvo que se demuestre la existencia de ingresos no considerados en el
cálculo respectivo;
nivel de gobierno definirá los procedimientos para la formulación de presupuestos
participativos, de conformidad con la ley, en el marco de sus componentes y prioridades
definidas en los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial.” (Art. 12) “La
planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es competencia de los gobiernos
autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios
y demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de
gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa.”; (Art. 96) “…Con la finalidad de asegurar una adecuada coordinación en
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todas las fases del ciclo presupuestario, el ente rector de las finanzas públicas emitirá
lineamientos a todas las entidades del Sector Público, excepto los Gobiernos Autónomos
Descentralizados. Estos lineamientos serán referenciales para los Gobiernos Autónomos
Descentralizados.”; y,
Que, el Concejo Cantonal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Gualaquiza ha considerado realizar la modalidad de presupuesto participativo con las
diferentes comunidades del cantón y sus Barrios, distribuyendo de manera equitativa el
presupuesto, considerando a las parroquias urbanas y suburbana de Gualaquiza, sus
Barrios Urbanos y Rurales así como las necesidades básicas insatisfechas y el aspecto
poblacional, lo que ha permitido realizar un presupuesto municipal participativo para el
año 2019.
Públicas establece que la Programación presupuestaria en el año que se posesiona
autoridades de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados y sus
empresas públicas y entidades adscritas.- Hasta que se apruebe el Presupuesto Público de
cada gobierno autónomo descentralizado del año en que se posesiona la autoridad de
elección popular, regirá el Presupuesto Inicial del año anterior. Una vez aprobado el
presupuesto público de cada gobierno autónomo descentralizado, de sus empresas
públicas y sus entidades adscritas, por parte de sus respectivas instancias de aprobación
conforme la legislación aplicable y a este reglamento, la Dirección Financiera
correspondiente, en el término de 30 días, actualizará el presupuesto codificado a la fecha
de aprobación del presupuesto del año en curso.
formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos
que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con
las siguientes disposiciones:
3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la
ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos;
lo siguiente: Sujeción a los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial.- Los planes
de desarrollo y de ordenamiento territorial serán referentes obligatorios para la
elaboración de planes de inversión, presupuestos y demás instrumentos de gestión de cada
gobierno autónomo descentralizado;
Qué, el artículo 86 del cuerpo Legal ibídem expresa: Clasificador presupuestario de
ingresos y egresos del sector público.- Las clasificaciones presupuestarias son
instrumentos que permiten organizar, registrar y presentar, la información que nace de las
operaciones correlativas al proceso presupuestario, las mismas que tendrán el carácter de
obligatorios para todo el sector público. Las clasificaciones presupuestarias se expresarán
en los correspondientes catálogos y clasificadores que serán definidos y actualizados por

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